Condenados por enriquecerse mediante transferencias bancarias sin consentimiento

Un total de cinco personas han sido consideradas culpables de integrar una banda criminal que, logrando mediante diversos métodos los datos personales y bancarios de terceras personas (phishing), realizaban transferencias bancarias a cuentas sobre las que tenían poder para disponer de todo ese dinero en efectivo.

La sección primera de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por los condenados y confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 5 de Zaragoza contra cuatro hombres y una mujer que han sido considerados autores responsables de un delito continuado de falsificación de documento oficial como medio para cometer estafa, y de otro delito de organización criminal.

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Los acusados, ahora ya criminales por sentencia firme, formaban parte, tal y como expresa literalmente el documento, «de una organización criminal dedicada a obtener un enriquecimiento económico mediante transferencias bancarias a través de Internet, sin conocimiento de los titulares de las cuentas disponiendo del dinero en efectivo obtenido».

Mediante todo tipo de documentación falsificada, los acusados abrieron diferentes cuentas en la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) a donde derivaban las transferencias de dinero que lograban realizar de forma ilícita. Para ello, y a través de diversos métodos, lograban hacerse con los datos personales y bancarios de sus víctimas para así poder acceder a sus cuentas y ordenas transferencias de dinero a través de internet. Una vez recibido el dinero, disponían alegremente de él, sacando todo el efectivo de inmediato. Incluso se hacían pasar por sus víctimas y, simulando pérdida o robo, lograban bloquear sus teléfonos móviles para que al banco le resultase más complicado contactar con ellos.

Demostrados todos los hechos y acciones de que se les imputaba, ahora estos cinco delincuentes deberán hacer frente a una pena de 21 meses de cárcel y multa de nueve meses a razón de dos euros diarios por un delito continuado de falsedad en documento oficial, así como a otros tres años y medio de prisión y otra multa similar a la anterior por delito continuado de estafa. Y por el delito de organización criminal, otros dos años de cárcel para cada uno.

Además, deberán hacer frente a las costas judiciales y abonar una indemnización de 25.758,63 euros a la entidad BBVA.

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