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	<title>DelitosInformaticos.com información legal de internet &#187; Noticias</title>
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		<title>Hackerazzis: Los nuevos Paparazzis</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Nov 2011 00:42:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Recientemente ha tenido una gran repercusi&#243;n medi&#225;tica la detenci&#243;n por el FBI de Christopher Chaney, el cual al parecer es el autor del robo y publicaci&#243;n de una serie de fotograf&#237;as privadas de distintas famosas, entre las que se encontraban la actriz Scarlett Johansson. Todo comenz&#243; hace unos meses con una denuncia de la propia [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Recientemente ha tenido una gran repercusi&oacute;n medi&aacute;tica la detenci&oacute;n por el FBI de Christopher Chaney, el cual al parecer es el autor del robo y publicaci&oacute;n de una serie de fotograf&iacute;as privadas de distintas famosas, entre las que se encontraban la actriz Scarlett Johansson. Todo comenz&oacute; hace unos meses con una denuncia de la propia actriz estadounidense al descubrir la presencia en la red de tres fotos privadas en las que aparec&iacute;a desnuda. Se comenz&oacute; entonces la llamada &ldquo;Operaci&oacute;n Hackerazzi&rdquo;, t&eacute;rmino que ha pasado a generalizarse para definir a este tipo de delito inform&aacute;tico.</p>
<p>Es f&aacute;cil encontrar en los medios hechos parecidos que afectan a distintos personajes famosos, sin embargo, no es un problema exclusivo de ellos. Existen miles de personas desconocidas, que son v&iacute;ctimas del Hackerazzi. En estos casos, las fotograf&iacute;as no acabar&aacute;n en las revistas de todo el mundo, pero si pueden ser objeto de chantajes o extorsiones bajo amenaza de colgarlas en la red.</p>
<p>Se trata de un fen&oacute;meno cada vez m&aacute;s extendido, ayudado en parte por la popularizaci&oacute;n de los Smartphones, los cuales permiten tomar fotograf&iacute;as y f&aacute;cilmente enviarlas por correo electr&oacute;nico. En el caso de la conocida actriz, el acusado se hizo pasar por un conocido durante meses, obteniendo valiosa informaci&oacute;n que le permiti&oacute; adivinar la contrase&ntilde;a de acceso a su cuenta de correo electr&oacute;nico. Una vez conseguido esto, activ&oacute; la opci&oacute;n de redirecci&oacute;n en la cuenta de correo de Johansson para que todos los mensajes recibidos fueran autom&aacute;ticamente reenviados a una cuenta propia. S&oacute;lo tuvo que esperar para recoger sus frutos.</p>
<p>Llama la atenci&oacute;n la sencillez del proceso. No son necesarios unos elevados conocimientos inform&aacute;ticos para actuar como Chaney. Es por esto por lo que hay que ser consciente de la gran importancia de tomar una serie de medidas de seguridad que nos protejan ante este tipo de actuaciones. La principal protecci&oacute;n que podemos tomar es en relaci&oacute;n a las contrase&ntilde;as. Nunca deberemos utilizar una palabra con un significado especial para nosotros, o una fecha que sean f&aacute;cilmente adivinables. Puede ser una buena idea pensar una frase f&aacute;cil de recordar y utilizar la primera letra de cada palabra, cambiando may&uacute;sculas y min&uacute;sculas, o cualquier otra variaci&oacute;n que se nos ocurra. Adem&aacute;s estas contrase&ntilde;as deber&aacute;n ser cambiadas peri&oacute;dicamente. Casi todos los servicios de correo ofrecen la posibilidad de recordar la contrase&ntilde;a contestando a una o varias preguntas secretas. Se trata de una opci&oacute;n que mejor ser&aacute; que desactivemos. Por supuesto es importante tener en cuenta que nuestra cuenta puede estar protegida, pero quiz&aacute;s a quien enviemos nuestros contenidos privados puede que no sea tan cuidadoso.</p>
<p>Es fundamental por tanto guardar una serie de precauciones para evitar caer en las redes de estos nuevos paparazzis, cuyos objetivos est&aacute;n en todos nosotros, y no s&oacute;lo en los protagonistas del papel couch&eacute;.</p>
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		<title>Grooming: El acoso a menores</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Nov 2011 00:40:02 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Acoso]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[delito]]></category>

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		<description><![CDATA[Una gran parte de los delitos inform&#225;ticos que se producen, tienen como fin el acoso sexual. De entre ellos destaca por su gravedad, el acoso sexual a menores, o grooming. En estos casos, el delincuente, mediante un perfil falso en las redes sociales, se gana la confianza del menor, generalmente haci&#233;ndose pasar por otro ni&#241;o. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Una gran parte de los delitos inform&aacute;ticos que se producen, tienen como fin el acoso sexual. De entre ellos destaca por su gravedad, el acoso sexual a menores, o grooming. En estos casos, el delincuente, mediante un perfil falso en las redes sociales, se gana la confianza del menor, generalmente haci&eacute;ndose pasar por otro ni&ntilde;o. </p>
<p>La mayor&iacute;a de las ocasiones la finalidad es la obtenci&oacute;n de alguna imagen comprometida, o en ocasiones pornogr&aacute;fica del menor. Es un proceso largo que puede durar varias semanas, y en ocasiones meses. A lo largo de este per&iacute;odo, el acosador va entablando lazos de amistad, y recopilando informaci&oacute;n personal de la v&iacute;ctima. Finalmente, mediante enga&ntilde;os o provocaciones, dentro de lo que en apariencia es un juego, consigue que el menor se desnude frente a la webcam, o que le env&iacute;e alguna fotograf&iacute;a comprometida.</p>
<p>A partir de aqu&iacute; la amistad deja de ser tal y comienza el acoso propiamente dicho. Bajo amenaza de colgar las im&aacute;genes en la red, o enviarlas a los padres o amigos, el acosador suele pedir m&aacute;s material, que el ni&ntilde;o por miedo a que su entorno descubra que ha hecho lo que siempre le hab&iacute;an prohibido, acepta a enviar. Entramos as&iacute; en un c&iacute;rculo vicioso. El delincuente obtiene cada vez m&aacute;s informaci&oacute;n, y el menor cada vez tiene m&aacute;s que esconder. En ocasiones, incluso se va m&aacute;s all&aacute;, y el acosador puede incluso, aprovechando los datos recopilados, concertar un encuentro f&iacute;sico, donde puede pasar del acoso, al abuso.</p>
<p>Resulta de vital importancia hablar claramente a nuestros hijos de los peligros existentes en la red y las precauciones que deben tomar, siempre desde un clima de confianza. No buscamos prohibir, sino que ellos mismos sean conscientes de los riesgos. Existen una serie de consejos que nos pueden ayudar. En primer lugar, es recomendable que el ordenador lo utilice en un espacio com&uacute;n de la casa, y nunca encerrado en su cuarto. Resulta tambi&eacute;n importante tener un buen antivirus actualizado para evitar programas maliciosos que pudieran permitir el acceso a informaci&oacute;n alojada en el equipo, o incluso revelar contrase&ntilde;as. Restringiremos adem&aacute;s el uso de la webcam mediante filtros parentales. Peri&oacute;dicamente revisaremos con &eacute;l sus contactos, asegur&aacute;ndonos de que correspondan a sus amigos y no a desconocidos. No obstante, debemos hacer hincapi&eacute; en la educaci&oacute;n, ya que como hemos dicho, lo m&aacute;s importante es que nuestros hijos est&eacute;n realmente concienciados del problema. Adem&aacute;s, les pediremos que ante la m&aacute;s m&iacute;nima sospecha, nos avisen para detectar cuanto antes este tipo de conductas y poner la correspondiente denuncia.</p>
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		<title>Se permitirán cualquier palabra en los dominios genéricos como &#8216;.madrid&#8217; o &#8216;.barcelona&#8217;</title>
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		<pubDate>Mon, 20 Jun 2011 17:15:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Propiedad intelectual]]></category>

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		<description><![CDATA[A partir del 12 de Enero de 2012, la ICANN abrir&#225; el plazo para registrar dominios de primer nivel, como los actuales .com o .edu, con nombres enteros como los de ciudades y&#160; pa&#237;ses entre otros.
A partir de esta fecha y hasta Abril del mismo a&#241;o, las empresas o ciudades podr&#225;n registrar su nombre como [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>A partir del 12 de Enero de 2012, la ICANN abrir&aacute; el plazo para registrar dominios de primer nivel, como los actuales .com o .edu, con nombres enteros como los de ciudades y&nbsp; pa&iacute;ses entre otros.</p>
<p>A partir de esta fecha y hasta Abril del mismo a&ntilde;o, las empresas o ciudades podr&aacute;n registrar su nombre como dominio de la Red. Por ejemplo:</p>
<p>www.xxxx.paris<br />www.xxxx.madrid</p>
<p>La ICANN o Internet Corporation for Assigned Names and Numbers es una organizaci&oacute;n sin fines de lucro que opera a nivel internacional, responsable de asignar espacio de direcciones num&eacute;ricas de protocolo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de las funciones de gesti&oacute;n [o administraci&oacute;n] del sistema de nombres de dominio de primer nivel gen&eacute;ricos (gTLD) y de c&oacute;digos de pa&iacute;ses (ccTLD), as&iacute; como de la administraci&oacute;n del sistema de servidores ra&iacute;z. Aunque en un principio estos servicios los desempe&ntilde;aba Internet Assigned Numbers Authority (IANA) y otras entidades bajo contrato con el gobierno de EE.UU., actualmente son responsabilidad de ICANN.</p>
<p>Como asociaci&oacute;n privada-p&uacute;blica, ICANN est&aacute; dedicada a preservar la estabilidad operacional de Internet, promover la competencia, lograr una amplia representaci&oacute;n de las comunidades mundiales de Internet y desarrollar las normativas adecuadas a su misi&oacute;n por medio de procesos &ldquo;de abajo hacia arriba&rdquo; basados en el consenso.<br />Hasta ahora, el sistema de dominios se basa en 22 de primer nivel a los que se a&ntilde;aden los propios de cada pa&iacute;s (como .es) que suman 250. </p>
<p>Esta ampliaci&oacute;n preocupa a las grandes marcas (y a las no tan grandes) por la obligaci&oacute;n de registrar nuevos dominios con su nombre o variantes que puedan confundir al internauta para evitar la ciberocupaci&oacute;n de los mismos. Se van a producir conflictos a la hora de registrar determinados dominios. Los de Estados o capitales de estado, s&oacute;lo podr&aacute;n ser registrados por la administraci&oacute;n que los represente. Madrid, por ejemplo, como capital de Espa&ntilde;a no tendr&aacute; que competir con ninguna otra ciudad que se llame igual en la medida que el Gobierno espa&ntilde;ol apoye su registro como dominio. Para el resto de ciudades o accidentes geogr&aacute;ficos la situaci&oacute;n es m&aacute;s complicada. De entrada, ICANN s&oacute;lo reconoce los nombres que figuren en una determinado n&uacute;mero de listas cerradas.</p>
<p>La ICANN ya ha anunciado que ser&aacute; un sistema de aceptaci&oacute;n y registro ser&aacute; riguroso, adem&aacute;s de costoso, Las tasas ser&aacute;n altas. El Consejo Nacional Empresarial Tur&iacute;stico (CNET) habla de 185.000 d&oacute;lares y operar un registro de este tipo implicar&aacute; el pago de 25.000 d&oacute;lares anuales.</p>
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		<title>Condenadas dos adolescentes por suplantar a una compañera y crear un perfil falso en la red social Tuenti</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Jun 2011 02:45:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Suplantación de personalidad]]></category>
		<category><![CDATA[delito]]></category>
		<category><![CDATA[suplantación personalidad]]></category>

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		<description><![CDATA[La Audiencia Provincial de Segovia ha confirmado la Sentencia que dict&#243; en el a&#241;o 2008 el Juzgado de instrucci&#243;n n&#186; 4 de Segovia, condenando a dos j&#243;venes adolescentes a indemnizar a otra compa&#241;era con 12.400 euros (la Audiencia ha rebajado la cuant&#237;a de 18.284 euros a 12.400) por los da&#241;os morales ocasionados por suplantar su [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Audiencia Provincial de Segovia ha confirmado la Sentencia que dict&oacute; en el a&ntilde;o 2008 el Juzgado de instrucci&oacute;n n&ordm; 4 de Segovia, condenando a dos j&oacute;venes adolescentes a indemnizar a otra compa&ntilde;era con 12.400 euros (la Audiencia ha rebajado la cuant&iacute;a de 18.284 euros a 12.400) por los da&ntilde;os morales ocasionados por suplantar su identidad en la red social tuenti y utilizar dicho perfil para enemistarse y ser repudiada por el resto de sus compa&ntilde;eros.</p>
<p>La Sentencia no recoge la petici&oacute;n de las demandantes consistente en que las condenadas publicaran la sentencia en sus respectivos perfiles sociales.</p>
<p>Todo comenz&oacute; cuando a las dos condenadas se les ocurri&oacute; crear un perfil en tuenti, haci&eacute;ndose pasar por una compa&ntilde;era, y publicando su nombre, lugar de nacimiento y lugar donde estudi&oacute;, y subiendo una fotograf&iacute;a de la suplantada.</p>
<p>Las adolescentes vali&eacute;ndose de este falso perfil, proced&iacute;an a hacer comentarios denigrantes de otros compa&ntilde;eros que hab&iacute;an colgado fotograf&iacute;as en la red. </p>
<p>Como es l&oacute;gico, los compa&ntilde;eros, creyendo que dichos comentarios proven&iacute;an de la denunciante, criticaron duramente a la chica, y provoc&oacute; que estos le hicieran el vac&iacute;o asil&aacute;ndola socialmente, retir&aacute;ndole incluso el saludo.</p>
<p>Y es que en estas edades, para los adolescentes es muy importante la imagen que se proyecta a los amigos y compa&ntilde;eros, as&iacute; como la aceptaci&oacute;n e integraci&oacute;n en el grupo, extremo que ha puesto de manifiesto la Audiencia al advertir del riesgo que conlleva el mal uso de las redes sociales, &ldquo;dada la vulnerabilidad emocional que estos presentan debido a la corta edad y el momento evolutivo en el que se encuentran&rdquo;.</p>
<p>Es fundamental que los padres orienten y asesoren a sus hijos en el uso de Internet y en concreto de las redes sociales, ya que en este caso la sentencia condena al pago de una indemnizaci&oacute;n, sin embargo en otros casos similares (con la mayor&iacute;a de edad) la condena podr&iacute;a ser de privaci&oacute;n de libertad.</p>
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		<title>SGAE: Victoria en el segundo asalto contra Merodeando: a la espera de lo que decida el Tribunal Supremo</title>
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		<pubDate>Tue, 10 May 2011 15:50:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Todo comenz&#243; cuando en el a&#241;o 2004, el Sr. Julio Alonso, autor de www.merodeando.com, public&#243; un post en su blog personal con el t&#237;tulo SGAE= Ladrones. Dicho post tuvo una gran repercusi&#243;n ya que recibi&#243; muchas visitas lo cual ocasion&#243; que se posicionara en los primeros puestos en los buscadores.
La SGAE tom&#243; cartas en el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Todo comenz&oacute; cuando en el a&ntilde;o 2004, el Sr. Julio Alonso, autor de www.merodeando.com, public&oacute; un post en su blog personal con el t&iacute;tulo SGAE= Ladrones. Dicho post tuvo una gran repercusi&oacute;n ya que recibi&oacute; muchas visitas lo cual ocasion&oacute; que se posicionara en los primeros puestos en los buscadores.</p>
<p>La SGAE tom&oacute; cartas en el asunto y remiti&oacute; un burofax a Julio Alonso, en el que se afirmaba que dicho art&iacute;culo, adem&aacute;s de difamar a la SGAE, promocionaba un &ldquo;Google bombing contra la SGAE&rdquo;, y establec&iacute;a un enlace directo entre el t&eacute;rmino &ldquo;ladrones&rdquo; y la web de la entidad, requiri&eacute;ndole para que en el plazo de 24 h eliminara el art&iacute;culo y sus comentarios.</p>
<p>Julio Alonso respondi&oacute; indicando que dicho post solo ten&iacute;a car&aacute;cter informativo, por lo que fue demandado por la SGAE.</p>
<p>La Sentencia dictada por el Juzgado de 1&ordf; instancia n&uacute;mero 55 de Madrid, de fecha 24 de Junio de 2008, conden&oacute; al demandado, por vulnerar el derecho al honor y la dignidad de la actora a trav&eacute;s de las manifestaciones vertidas en su blog desde el dia 10 de mayo de 2007, a la publicaci&oacute;n en su web el fallo de la Sentencia, al pago de 9.000 euros a la SGAE y al pago de las costas.</p>
<p>El demandado recurri&oacute; la Sentencia, y es ahora la Audiencia Provincial de Madrid quien la confirma, al atribuir la responsabilidad al titular del blog, y no a los autores de los comentarios, ya que considera al due&ntilde;o de Merodeando &ldquo;como una suerte de colaborador necesario de las manifestaciones vertidas en su blog&rdquo; y adem&aacute;s afirma que dicho post (cuya legitimidad nunca se puso en duda) &ldquo;marca e insta a que se viertan opiniones sobre la actuaci&oacute;n de la SGAE que finalmente sobrepasa los l&iacute;mites de una denuncia&rdquo;.</p>
<p>Julio Alonso ha manifestado su intenci&oacute;n de recurrir la Sentencia en Casaci&oacute;n, esperando que el Alto Tribunal dicte Sentencia en la l&iacute;nea del caso &ldquo;Quejasonline&rdquo;, en el que dictamin&oacute; que el propietario de un foro, no es autom&aacute;ticamente responsable de las manifestaciones y opiniones vertidas en el.</p>
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		<title>Directivo condenado a tres años de prisión por espionaje industrial</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Feb 2011 13:18:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Espionaje]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[El acusado, P. M. K. fue contratado en el a&#241;o 2006 por la empresa Alten Espa&#241;a de Estudios, Servicios y Proyectos, una multinacional dedicada a la consultor&#237;a e ingenier&#237;a en altas tecnolog&#237;as dedicada a desarrollar los proyectos que les encarguen otras firmas.
Es muy frecuente que los altos directivos de grandes empresas suscriban cl&#225;usulas de confidencialidad [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El acusado, P. M. K. fue contratado en el a&ntilde;o 2006 por la empresa Alten Espa&ntilde;a de Estudios, Servicios y Proyectos, una multinacional dedicada a la consultor&iacute;a e ingenier&iacute;a en altas tecnolog&iacute;as dedicada a desarrollar los proyectos que les encarguen otras firmas.</p>
<p>Es muy frecuente que los altos directivos de grandes empresas suscriban cl&aacute;usulas de confidencialidad o de permanencia, lo cual hizo tambi&eacute;n el acusado, que suscribi&oacute; expresamente una cl&aacute;usula de confidencialidad profesional, por la que se compromet&iacute;a a &quot;guardar total discreci&oacute;n sobre los datos t&eacute;cnicos o comerciales que conocer&aacute; por el ejercicio de sus funciones&quot;.</p>
<p>Pues bien, parece ser que este directivo, durante los &uacute;ltimos d&iacute;as que estuvo desempe&ntilde;ando su puesto de trabajo, recopil&oacute; y filtr&oacute; informaci&oacute;n para otra compa&ntilde;&iacute;a de la competencia mientras negociaba con ella las condiciones laborales de su nuevo empleo. Para ello reenvi&oacute; desde el ordenador de su empresa a sus cuentas personales &quot;numerosa informaci&oacute;n&quot; reservada, &quot;como datos de clientes, curr&iacute;culos de ingenieros trabajadores de Alten, ofertas o propuestas de ejecuci&oacute;n de proyectos enviadas a sus clientes o solicitudes de propuestas de ejecuci&oacute;n t&eacute;cnicas&quot; remitidas por ellos.</p>
<p>Al d&iacute;a siguiente de finalizar la filtraci&oacute;n de documentos, caus&oacute; baja voluntaria, firm&oacute; el finiquito con Alten y empez&oacute; a trabajar para la empresa a la que hab&iacute;a revelado toda la informaci&oacute;n recopilada. Entre los correos electr&oacute;nicos remitidos figura uno relativo a la negociaci&oacute;n de sus condiciones salariales en vista a su futura incorporaci&oacute;n, por lo que la sentencia considera que &quot;no cabe duda del prop&oacute;sito de servirse de esa informaci&oacute;n en la nueva empresa&quot;.</p>
<p>El acusado alega en su defensa que la informaci&oacute;n no ten&iacute;a el valor comercial, puesto que estaba desfasada, y que se remiti&oacute; la informaci&oacute;n a sus cuentas de correo personales para poder trabajar desde casa, lo cual no ha sido admitido por SS&ordf; al considerarlas poco sostenibles y cre&iacute;bles. Parece ser que P. M. K. va a presentar un recurso de Apelaci&oacute;n ante la Audiencia Provincial de Barcelona contra la Sentencia que le condena a tres a&ntilde;os de prisi&oacute;n y al pago una indemnizaci&oacute;n de 6.000 euros, alegando que no ha quedado probado que la informaci&oacute;n que se remiti&oacute; a sus cuentas de correo fue entregada a la empresa competidora.</p>
<p>NOTA JUR&Iacute;DICA: El delito de espionaje industrial est&aacute; tipificado en el art&iacute;culo 278 del C&oacute;digo Penal: </p>
<blockquote><p>1. El que, para descubrir un secreto de empresa se apoderare por cualquier medio de datos, documentos escritos o electr&oacute;nicos, soportes inform&aacute;ticos u otros objetos que se refieran al mismo, o empleare alguno de los medios o instrumentos se&ntilde;alados en el apartado 1 del art&iacute;culo 197, ser&aacute; castigado con la pena de prisi&oacute;n de dos a cuatro a&ntilde;os y multa de doce a veinticuatro meses.</p>
<p>2. Se impondr&aacute; la pena de prisi&oacute;n de tres a cinco a&ntilde;os y multa de doce a veinticuatro meses si se difundieren, revelaren o cedieren a terceros los secretos descubiertos.</p>
<p>3. Lo dispuesto en el presente art&iacute;culo se entender&aacute; sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder por el apoderamiento o destrucci&oacute;n de los soportes inform&aacute;ticos.</p></blockquote>
<p>No obstante, para el caso de que quien lleve a cabo tal acci&oacute;n tuviera la obligaci&oacute;n legal o contractual de guardar secreto sobre la informaci&oacute;n, se aplicar&iacute;a el art&iacute;culo 279 C&oacute;digo Penal:</p>
<p>La difusi&oacute;n, revelaci&oacute;n o cesi&oacute;n de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligaci&oacute;n de guardar reserva, se castigar&aacute; con la pena de prisi&oacute;n de dos a cuatro a&ntilde;os y multa de doce a veinticuatro meses.</p>
<p>Si el secreto se utilizara en provecho propio, las penas se impondr&aacute;n en su mitad inferior.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Obligado por el Tribunal Supremo a retirar las cámaras de vigilancia de la puerta de su casa por vulnerar la intimidad de sus vecinos</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Feb 2011 13:15:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>

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		<description><![CDATA[La sala de lo Civil del Tribunal Supremo obliga a un vecino de Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife) a desmantelar un sistema de c&#225;maras de seguridad con el que, adem&#225;s de la puerta de su casa, captaba im&#225;genes de las entradas y salidas de las viviendas colindantes, as&#237; como a indemnizar a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La sala de lo Civil del Tribunal Supremo obliga a un vecino de Icod de los Vinos (Santa Cruz de Tenerife) a desmantelar un sistema de c&aacute;maras de seguridad con el que, adem&aacute;s de la puerta de su casa, captaba im&aacute;genes de las entradas y salidas de las viviendas colindantes, as&iacute; como a indemnizar a su vecino con 300 euros al considerar que las filmaciones y los potentes focos, que se encend&iacute;an cada vez que el sistema captaba movimiento, han supuesto un da&ntilde;o relevante que ha repercutido en su salud.</p>
<p>Todo comenz&oacute; cuando G.R. instal&oacute; c&aacute;maras de videovigilancia, con sistema de iluminaci&oacute;n nocturna, en la puerta de su domicilio, por motivos de seguridad, lo cual esta permitido por la normativa de protecci&oacute;n de datos (Ley Org&aacute;nica 15/1999, de 13 de diciembre, de protecci&oacute;n de datos de car&aacute;cter personal as&iacute; como su normativa de desarrollo), siempre y cuando no graben y capten im&aacute;genes de la v&iacute;a p&uacute;blica o de las puertas de otros vecinos, ya que ello supondr&iacute;a una vulneraci&oacute;n de la intimidad de estos.</p>
<p>Para poder instalar estas c&aacute;maras, es necesario advertir a los usuarios con un cartel bien visible, en el que se informe de la existencia de una c&aacute;mara de seguridad y de los datos identificativos del responsable del fichero. Cuando estas c&aacute;maras, adem&aacute;s de captar la imagen en el momento, graban, deben notificarlo a la Agencia Espa&ntilde;ola de Protecci&oacute;n de Datos (AEPD), que lleva un registro de todos los ficheros de im&aacute;genes que existen. Estas filmaciones deben destruirse a los 30 d&iacute;as de su captaci&oacute;n.</p>
<p>As&iacute; mismo, la potestad para grabar la via p&uacute;blica est&aacute; reservada a la Polic&iacute;a o la Guardia Civil, y necesitan un permiso previo de una Comisi&oacute;n de Videovigilancia, integrada por un equipo de jueces o fiscales.</p>
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		<title>Petición de carcel para el administrador de un foro de ideología Nazi</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Feb 2011 13:13:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La Fiscal&#237;a de Barcelona solicita, en su escrito de acusaci&#243;n, cinco a&#241;os de prisi&#243;n para el administrador de un foro de Internet al que se acusa de propagar la doctrina nazi. 
Considera que a trav&#233;s de la web difund&#237;a, mediante comentarios, fotograf&#237;as, mensajes escritos e incluso v&#237;deos, doctrinas que justifican el genocidio y provocan la [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Fiscal&iacute;a de Barcelona solicita, en su escrito de acusaci&oacute;n, cinco a&ntilde;os de prisi&oacute;n para el administrador de un foro de Internet al que se acusa de propagar la doctrina nazi. </p>
<p>Considera que a trav&eacute;s de la web difund&iacute;a, mediante comentarios, fotograf&iacute;as, mensajes escritos e incluso v&iacute;deos, doctrinas que justifican el genocidio y provocan la discriminaci&oacute;n.</p>
<p>As&iacute; mismo, el fiscal solicita el cierre definitivo de la pagina web.</p>
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		<title>GRAN OPERACIÓN CONTRA LA PEDOFILIA</title>
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		<pubDate>Mon, 24 Jan 2011 17:47:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[La Brigada de Investigaci&#243;n Tecnol&#243;gica de la Polic&#237;a Nacional junto con el FBI (Federal Bureau of Investigation) y autoridades de Bielorrusia, llevan a cabo una operaci&#243;n contra la distribuci&#243;n de archivos ped&#243;filos en Internet, desmantelando un entramado de webs ped&#243;filas dedicadas a la compra-venta por encargo de pornograf&#237;a infantil. 
La investigaci&#243;n se inici&#243; en distintos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Brigada de Investigaci&oacute;n Tecnol&oacute;gica de la Polic&iacute;a Nacional junto con el FBI (Federal Bureau of Investigation) y autoridades de Bielorrusia, llevan a cabo una operaci&oacute;n contra la distribuci&oacute;n de archivos ped&oacute;filos en Internet, desmantelando un entramado de webs ped&oacute;filas dedicadas a la compra-venta por encargo de pornograf&iacute;a infantil. </p>
<p>La investigaci&oacute;n se inici&oacute; en distintos pa&iacute;ses en 2008 y ha sido coordinada a trav&eacute;s de INTERPOL al concluir que se trataba de una misma organizaci&oacute;n criminal dedicada a la distribuci&oacute;n de pornograf&iacute;a infantil, con &aacute;nimo de lucro, utilizando para ello una misma base de datos en la que se registraban los pagos de los suscriptores.</p>
<p>Esta operaci&oacute;n ha desmantelado una red internacional de m&aacute;s de 200 p&aacute;ginas web y 50.000 Ips, que ofrec&iacute;a por unos 75 euros al mes, fotos y v&iacute;deos de pornograf&iacute;a infantil &quot;por encargo&quot; y en exclusiva para abonados. Solo se pod&iacute;a acceder a estos portales con una clave de acceso e identificaci&oacute;n, tras seguir el procedimiento indicado en la web. En Espa&ntilde;a se han identificado a 74 personas que han accedido previo pago. En total se han detenido a 49 personas e imputado a otras 15.</p>
<p>Enrique Rodr&iacute;guez, inspector jefe de la BIT, ha manifestado que &quot;Como pagaban una cantidad mensual no quer&iacute;an fotos o v&iacute;deos que estuvieran muy vistos o con ni&ntilde;os que circularan en la Red. Exig&iacute;an material nuevo, con ni&ntilde;os abusados recientemente. Por esa raz&oacute;n pensamos que hab&iacute;a encargos de material&quot;.</p>
<p>Con la reciente reforma del C&oacute;digo Penal, se han endurecido las penas para este delito, recogido en el art&iacute;culo 189, pudiendo llegar hasta 9 a&ntilde;os de privaci&oacute;n de libertad.</p>
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		<title>Un padre pagará una indemnización de 5.000 euros porque su hijo, menor de edad, subió una foto ofensiva de una niña de 15 años en su perfil de tuenti.</title>
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		<pubDate>Mon, 29 Nov 2010 13:54:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Delitos]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Se trata de otra sentencia ejemplar, al igual que la que dict&#243; el Juzgado Penal n&#186; 3 de Santander en Noviembre de a&#241;o 2009, y que conden&#243; a un joven a 1 a&#241;o de prisi&#243;n por colgar en la red social Tuenti 14 fotograf&#237;as de su ex novia.El Juzgado de Primera Instancia n&#250;mero 14 de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Se trata de otra sentencia ejemplar, al igual que la que dict&oacute; el Juzgado Penal n&ordm; 3 de Santander en Noviembre de a&ntilde;o 2009, y que conden&oacute; a un joven a 1 a&ntilde;o de prisi&oacute;n por colgar en la red social Tuenti 14 fotograf&iacute;as de su ex novia.El Juzgado de Primera Instancia n&uacute;mero 14 de Las Palmas ha considerado en este caso, que el padre tiene una responsabilidad extracontractual en los hechos, ya que, seg&uacute;n SS&ordf;, tiene la obligaci&oacute;n de vigilar lo que su hijo hace, y eso por ello que le ha condenado a indemnizar a la ni&ntilde;a con 5.000 euros.</p>
<p>Es una Sentencia ejemplar pero tambi&eacute;n pol&eacute;mica, porque pone de manifiesto la incertidumbre e indeterminaci&oacute;n existente acerca de hasta donde debe llegar esa obligaci&oacute;n de &ldquo;vigilar&rdquo; o &ldquo;controlar&rdquo; a los hijos, ya que estos pueden acceder a Internet no solo desde casa, sino desde el Instituto, desde las bibliotecas, ciber caf&eacute;s, desde casa de un amigo, etc&#8230;.. de manera que se hace harto dif&iacute;cil llevar a cabo este control.</p>
<p>Esta resoluci&oacute;n ha de interpretarse como un toque de atenci&oacute;n para que los padres se impliquen e informen y orienten a sus hijos sobre los usos de Internet, y de las consecuencias de sus hechos, al igual que pueden hacerlo con las conductas cotidianas del mundo off line.</p>
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