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Las certificaciones de los registros civiles se pueden solicitar desde Internet
[08-03-02]
El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha una novedad en su dirección de internet (www.mju.es) que permite al ciudadano la solicitud de certificaciones de los registros civiles por Internet, evitándose así los tres desplazamientos que hasta ahora eran necesarios para cumplimentar estos documentos.
Los pasos que se seguían para realizar la solicitud de un documento al registro civil consistía en, primero, acudir a solicitar un formulario, volver para presentarlo cumplimentado y por último a recoger el certificado solicitado.
Los dos primeros pasos desaparecen gracias a la utilización de la Red.
Para poder utilizar el servicio se necesita descargar los formularios de solicitud en su propio ordenador, cumplimentarlos con los datos necesarios y remitirlos finalmente de forma directa a la cuenta de correo electrónico de Registro Civil competente.
La contestación al usuario se realiza en casos de urgencia en un plazo de 24 horas. Para conseguir estos objetivos, la Dirección General de los Registros y del Notariado ha dictado una instrucción dirigida a todos los jueces y magistrados encargados de los registros civiles ya informatizados, en la que se definen las reglas que habrán de regir el nuevo procedimiento.
En esta instrucción además se recoge la forma de garantizar que el uso de las nuevas tecnologías no afecte a la intimidad personal y familiar de las personas inscritas, asegurando la protección de los datos sensibles que afecten a tales hábitos sin alterar los requisitos exigidos por la normativa del Registro Civil.
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