Derecho informático Derecho nuevas tecnologías

DESCARGA PACK DE SEGURIDAD PARA WINDOWS
El software de seguridad GRATUITO que necesitas para tu PC.
DESCARGA LOS PROGRAMAS QUE NECESITAS
Descarga los programas GRATUITOS que necesitas para tu PC
Publicidad

 Servicios
 . Adecuación a LSSI
 . Consultas jurídicas
 . Protección Datos
 . Contratos
 . Propiedad Intelectual
 . Firma Electrónica
 . Defensa Jurídica
 . Reclamaciones
 Información
 . Titulares Noticias RSS
 . Titulares Noticias RSS (XML)
 . Noticias
 . Archivo noticias
 . Denuncias
 . Mapa del WEB
 . Seguridad/PGP
 Comunidad
 . Agenda
 . Boletín
 . Lista correo
 . Buzón sugerencias
 . Publica tu artículo
 . Encuesta
 . Antivirus
 . Utilidades
 . Bibliografía
 Temas
 . Portada
 . Audiovisual
 . Ciberderechos
 . Delitos
 . E-commerce
 . Estafas
 . Firma Electrónica
 . Fiscalidad
 . Hacking
 . Industrial
 . Intelectual
 . Legislación
 . Laboral
 . LSSI
 . Protección Datos
 . Seguridad
 Legislación
 . LSSI España
 . Firma Electrónica
 . Delitos I. España
 . Delitos I. Argentina
 . Delitos I. Chile
 . Delitos I. Costa Rica
 . Delitos I. Perú
 . Delitos I. Venezuela
 Jurisprudencia
 . Laboral
 Especiales
 . Biotecnología
 . Seguridad
 . Protección P. WEB
 Sobre ....
 . Sobre el sitio
 . Contacta
 . Quiénes Somos
 . En los medios


Derecho informático Derecho nuevas tecnologías
Derecho informático Derecho nuevas tecnologías
 Noticias
  • La OMPI exige la devolución del dominio 'www.once.org' [06-08-02]  

    El Centro de Mediación y Arbitraje de Dominios de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha resuelto a favor de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) la demanda interpuesta por dicha entidad por la ocupación del dominio 'www.once.org' y le ha otorgado su registro y control.

    La resolución de fecha 29 de julio argumenta que el nombre del dominio induce a confusión por su similitud con el que ya gestiona la organización (www.once.es) para informar sobre sus actividades.

    Entre los puntos esgrimidos para otorgar su devolución se encuentran:

    - Que el demandado no tiene "derecho o interés legítimo", puesto que éste reconoce que tomó dicho término por ser conocido y de fácil uso para los invidentes, habiéndolo registrado al comprobar que la ONCE no lo había hecho previamente.

    - El propietario del dominio lo ha registrado y utilizado con "mala fe". La OMPI justifica la existencia de mala fe en el registro debido a que, pesar de que el demandado, que es afiliado a la ONCE, asegura que pretendía ofrecer un "ambicioso proyecto a todos los invidentes", ello "no justifica" que elija una denominación "idéntica a las renombradas marcas de la ONCE", aprovechando un "nombre famoso".


    Por ello la OMPI ha exigido al propietario de 'www.once.org' que transfiera el registro del dominio a la ONCE.







    Noticias actuales...
    Archivo de noticias...
  •  
    Gratis Servicio de noticias
    Suscribir Borrado
    Tus Sugerencias son bienvenidas
    Pincha Aquí
    ¡¡Lista de correo!!
    Introduzca su correo: