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	<title>DelitosInformaticos.com información legal de internet &#187; videovigilancia</title>
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		<title>El incremento del uso de los sistema de videovigilancia en el ámbito privado</title>
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		<pubDate>Thu, 14 May 2009 10:30:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Editor</dc:creator>
				<category><![CDATA[Protección de datos]]></category>
		<category><![CDATA[videovigilancia]]></category>

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		<description><![CDATA[Las transformaciones de las sociedades avanzadas y la irrupci&#243;n de las llamadas &#34;nuevas tecnolog&#237;as&#34;, en todos los terrenos, han tra&#237;do como consecuencia la popularizaci&#243;n y el uso habitual de elementos que hasta hace poco eran privativos de entornos muy restringidos, bien por sus usos profesionales y aplicaciones muy espec&#237;ficas o simplemente por sus elevados costes.
Actualmente [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las transformaciones de las sociedades avanzadas y la irrupci&oacute;n de las llamadas &quot;nuevas tecnolog&iacute;as&quot;, en todos los terrenos, han tra&iacute;do como consecuencia la popularizaci&oacute;n y el uso habitual de elementos que hasta hace poco eran privativos de entornos muy restringidos, bien por sus usos profesionales y aplicaciones muy espec&iacute;ficas o simplemente por sus elevados costes.</p>
<p>Actualmente podemos contemplar con normalidad el uso de los CCTV (circuitos cerrados de televisi&oacute;n) y sistemas de videovigilancia por las empresas, comercios, escuelas o comunidades de vecinos que cada vez m&aacute;s optan por este sistema para blindarse contra los actos vand&aacute;licos.</p>
<p>La mayor sensaci&oacute;n general de seguridad y el proceso de regularizaci&oacute;n de muchos de estos dispositivos que se est&aacute;n adecuando a la normativa de protecci&oacute;n de datos benefici&oacute; de manera significativa el incremento del fen&oacute;meno de instalar estos dispositivos en los &aacute;mbitos privados.</p>
<p>De acuerdo con la informaci&oacute;n aportada por el director de la Agencia Espa&ntilde;ola de Protecci&oacute;n de datos (AEPD) Artemi Rallo en una reciente entrevista se han disparado las inscripciones de los ficheros de videovigilancia especialmente en el entorno privado. En los dos &uacute;ltimos a&ntilde;os se ha triplicado el n&uacute;mero de ficheros que ten&iacute;an registrados las comunidades de vecinos en el Registro General de Protecci&oacute;n de Datos (RGPD), y ha pasado de 341 ficheros en el a&ntilde;o 2007 para alcanzar los 1.108 el a&ntilde;o pasado.</p>
<p>En el 2006 apenas eran unas 200 entidades que se declaraban responsables de c&aacute;maras de videovigilancia, al a&ntilde;o siguiente se le sumaron 5.000 y a fecha de hoy son unas 21.000.</p>
<p>La sensaci&oacute;n de seguridad que aportan los sistemas de videovigilancia a los empresarios, comerciantes y comunidades de vecinos ha provocado tambi&eacute;n el auge de las empresas de seguridad que instalan este tipo de dispositivos y que han visto incrementar sus ventas en el &uacute;ltimo a&ntilde;o de hasta un 40%.&nbsp; En cuanto a los precios, los modelos de videovigilancia que se pueden encontrar actualmente en el mercado pueden ir desde los mil euros &ndash; con un grabador, dos c&aacute;maras y un monitor- hasta los m&aacute;s sofisticados a partir de los 6.000 euros. </p>
<p>Los principales motivos por lo que se instalan las c&aacute;maras de videovigilancia en las fincas son por vandalismo e intrusismo y por los robos en los parkings dentro de los veh&iacute;culos.</p>
<p>Adem&aacute;s de grabar los actos delictivos, las c&aacute;maras cumplen una funci&oacute;n disuasoria y con su instalaci&oacute;n los incidentes bajan, adem&aacute;s de mejorar la convivencia entre los vecinos.</p>
<p>No obstante la instalaci&oacute;n de una c&aacute;mara no puede ser un acto sencillamente arbitrario al gusto del que lo haga sino que debe estar justificado por una raz&oacute;n de seguridad, se tiene que instalar de la forma menos agresiva posible para que sea lo menos instrusiva en la privacidad de las personas.</p>
<p>En particular las entidades que quieran instalar los sistemas de videovigilancia deben cumplir con los siguientes requisitos:</p>
<ul>
<li>La creaci&oacute;n de un fichero de im&aacute;genes de videovigilancia exige su previa notificaci&oacute;n a la Agencia Espa&ntilde;ola de Protecci&oacute;n de Datos para la inscripci&oacute;n en el registro general</li>
<li>El uso de instalaciones de c&aacute;maras o videoc&aacute;maras s&oacute;lo es admisible cuando no exista un medio menos invasivo</li>
<li>Debe informarse sobre la captaci&oacute;n y/o grabaci&oacute;n de las im&aacute;genes</li>
<li>Las im&aacute;genes tendr&aacute;n que ser canceladas en un plazo m&aacute;ximo de un mes desde su captaci&oacute;n </li>
<li>Las empresas que realicen la instalaci&oacute;n y el mantenimiento de los sistemas de videovigilancia deben estar autorizadas por la Agencia Espa&ntilde;ola de Protecci&oacute;n de Datos </li>
<li>Las c&aacute;maras y videoc&aacute;maras instaladas en espacios privados no podr&aacute;n obtener im&aacute;genes de espacios p&uacute;blicos </li>
<li>Los ciudadanos pueden ejercer su derecho a acceder a las im&aacute;genes y a cancelarlas</li>
</ul>
<p>&Aacute;udea Seguridad de la Informaci&oacute;n</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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