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  • Las empresas que incumplan la Ley en materia de comercio electrónico tendrán que publicar la sanción en su web [09-11-01]  



    (EUROPA PRESS)
    Las empresas proveedoras de bienes o servicios a través de Internet que sean sancionadas por la Administración como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Ley podrán ser obligadas a hacer público el motivo de la sanción en la página principal de su sitio web, según consta en el anteproyecto de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSI) que el Gobierno llevará próximamente a las Cortes.

    A juicio del abogado y socio del bufete Clifford Chance Juan José Lavilla "se trata, de una de las principales novedades del aludido anteproyecto de Ley con el cual el Ejecutivo español pretende regular las transacciones ocurridas y los servicios ofrecidos por empresas a través de Internet".

    Por parte de la Administración, en estas jornadas ha intervenido Manuel Lázaro, de la dirección general para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología, quien hizo un repaso de los contenidos del anteproyecto de Ley y ha anunciado que, con toda probabilidad, el mismo será aprobado antes de fin de año por el Consejo de Ministros y remitido a las Cortes para su debate.

    De su contenido, Lázaro destacó la posibilidad de interrupción del servicio a través de Internet a aquellos proveedores de bienes y servicios extranjeros que atenten contra valores fundamentales tales como el orden público o la dignidad de las personas, así como la prohibición del envío de comunicaciones comerciales no solicitadas por corrreo electrónico ('spam').

    Lázaro, además, manifestó el propósito del MCYT de extender a todas las comunidades autónomas las experiencias de "ciudades digitales". Para ello, dijo que el ministerio aportará, en cada caso, una media de quinientos millones de pesetas, a las que habría que sumar una aportación similar por parte de las Administraciones regional y local y, también, de la iniciativa privada.

    ASPECTOS FISCALES

    Los aspectos fiscales del comercio electrónico fueron tratados por el delegado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Murcia, Francisco Javier Lozano, quien hizo un repaso de las transacciones objeto de gravamen.

    En este sentido, explicó la dificultad que supone, en el caso de los impuestos sobre rentas, gravar justamente las transacciones digitales que involucren a personas físicas o jurídicas no residentes en España sin establecimiento permanente en el país, ya que, mientras que en el resto (nacionales españoles, extranjeros residentes o extranjeros no residentes con establecimiento permanente) se grava la renta neta (ingresos menos gastos), en el caso de los extranjeros sin establecimiento permanente se da el caso de la doble imposición al tributar la renta bruta.

    Del mismo modo, Lozano señaló las dificultades de gravar las transacciones electrónicas entre empresas de países no comunitarios y consumidores españoles, ya que éstos no autoliquidan el IVA.

    "LISTAS ROBINSON"

    El autor del libro 'El paraíso digital', Javier Cremades, se centró en el fenómeno del 'spam' o correo electrónico con publicidad no solicitado por el usuario y alertó del peligro de que su uso se multiplique en Europa al igual que ya ha ocurrido en Estados Unidos.

    Cremades señaló que, entre optar por recibir sólo aquello que se solicita, tal y como contempla el proyecto de ley elaborado por el Gobierno, o recibirlo todo, excepto aquéllas personas que comuniquen su voluntad de dejar de ser incluido en listas de envío, las llamadas 'listas Robinson', es preferible que los empresarios del sector elaboren y se atengan a Códigos de Conducta, como es el caso de la Asociación para el Autocontrol de la Publicidad de España.



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