Derecho informático
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28 Febrero 2001.

Implicaciones caso Yahoo.

La sentencia de 20 de noviembre de 2000 del Tribunal de Gran instancia de París, en la que se sancionaba a Yahoo por exponer y vender en su sitio web parafernalia nazi ha sido histórica, no sólo por ser el primer caso judicial que se lleva a cabo contra uno de los grandes negocios de Internet, sino también por el gran revuelo que ha provocado y las distintas opiniones que han surgido al respecto.

Los demandantes, UEFJ y LICRA, solicitaron al Tribunal Francés que obligara a Yahoo a tomar las medidas necesarias para impedir la exhibición y venta en su sitio de objetos nazis en todo el territorio francés.

Yahoo ya cumple con la Ley francesa que prohíbe la venta y exposición de objetos nazis, pero esta sentencia obliga al portal a impedir que los franceses accedan a una página con sede en otro país.

El tribunal pretende que utilice un mecanismo de bloqueo de acceso para los ciudadanos franceses. Los demandados argumentan la dificultad de llevar a cabo este control. Pero ¿es técnicamente posible limitar el acceso en virtud de la nacionalidad del visitante? Es posible limitar el acceso identificando las variables que recibe el servidor en el momento de una petición http por parte del navegador.

De las variables disponibles que puedan llegar a relacionarse con la "nacionalidad del navegante" son:

  • El idioma del navegador.
  • La dirección IP desde la que se hace la petición.

Se puede programar el servidor para que no responda a peticiones realizadas por navegadores en idioma francés y/o por IPs que han sido asignadas a ISPs y operadores franceses. Por ejemplo, para bloquear toda España se utiliza "*.es". Esto indica que todas las direcciones que tengan como extensión final ".es" no acceden al sistema. Pero ¿en qué grado será eficaz?.

La eficacia sólo alcanza un 80% y además existen lagunas en este control, ya que hay abonados a proveedores internacionales ( tipo AOL ), los cuales se les asignan un número IP Americano, sea cual sea el lugar desde el que se conecten a la Red, lo que hace imposible su identificación. Otro método para no ser detectado el país de procedencia de la conexión es que ésta se produzca a través de un servidor francés, con IP francesa, enmascarándose a través de un servidor intermedio situado fuera de las fronteras galas.

La compañía también argumenta que para bloquear el acceso a estos sitios tendrían que eliminar palabras en los motores de búsqueda, tales como nazi, lo que supondría obstaculizar el trabajo legítimo de historiadores e investigadores, y prohibir indiscriminadamente a los usuarios el ingreso a sitios que contengan este tipo de palabras.

Los demandados, Yahoo. fr y Yahoo INC. interpusieron la declinatoria de jurisdicción para evitar que conocieran los tribunales franceses, y considerar competentes a los tribunales americanos, en base a que:

  • El domicilio del demandado está en EEUU.
  • El hecho se comete en EEUU.

¿Por qué se demanda en Francia?, ¿es competente el Juez francés? Los demandantes se basan en el hecho de que desde allí, desde Francia, se accedió a los contenidos, y es allí donde estaba localizado el servidor. Demandan a Yahoo.fr porque es una filial de Yahoo.INC. y demandar a la matriz supondría topar con el derecho a la libertad de expresión, recogido en la 1ª Enmienda.

En EEUU prima la libertad de expresión, y es por ello que Yahoo.INC. no advertía en sus páginas del contenido de las mismas, a diferencia de Yahoo.fr que sí lo hacía. La duda radica en saber si el hecho de que los usuarios en Francia, franceses o no franceses, accedan a sitios americanos hace competente a la jurisdicción francesa.

Internet constituye una tecnología de vocación mundial, universal, sin fronteras físicas, entonces, ¿cómo aplicaremos las fronteras legislativas a esta red de redes?. Si esta jurisprudencia se generaliza, todos los propietarios de páginas y sitios web tendrían que respetar, no sólo la ley francesa, sino todas aquellas leyes de cada uno de los estados en que operen.

Cada portal va a tener que adaptarse a la legislación de cada país si no quiere tener problemas, pero es una labor muy compleja, dado el gran número de legislaciones existentes y a la diversidad de las mismas.

Regular de forma unitaria Internet es muy difícil, ya que supondría unificar todos los criterios legales de todos los países en una sola legislación o marco legal. De esta forma, un país Islámico podría demandar a todos los sitios que vendan productos derivados del cerdo o a aquellos que defiendan los derechos de los homosexuales. De esta forma se llegaría al desvanecimiento del principio de territorialidad de la ley. Internet no tendría una sola legislación, sino todas.

Los principios que rigen la Ley Aplicable y la Competencia Jurisdiccional cambiarían radicalmente. Sin embargo, hay que admitir que no se puede tolerar cualquier contenido en nombre de la libertad de expresión, no es posible que Internet goce de un privilegio que los otros medios externos a la Red no tienen. Es una cuestión muy controvertida porque para cada estado o gobierno los contenidos serán distintos por lo que cada vez se irá estrechando más el campo de actuación y expresión de Internet. Por otra parte, es probable que las sanciones aplicadas a Yahoo nunca se concreten, porque para que sean efectivas es necesario que sean ratificadas y avaladas por un juez estadounidense, lo cual es poco probable que se dé.

El tema aún no está zanjado, ya que esta sentencia provocará muchos dolores de cabeza a aquellos que pretendan basarse en ella para fundamentar sus demandas y aquellos que se vean en la necesidad de demostrar la incongruencia y sin sentido de la misma.

Noelia García
ngarcia@delitosinformaticos.com
Especialista Derecho Nuevas Tecnologías

 

 
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