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ÍNDICE:
1.-ÍNDICE
2.-INTRODUCCIÓN
3.-PRESENTACIÓN DEL CASO
A.-ANTECEDENTES DE HECHO
B.- DECISIÓN JUDICIAL
4.- ANÁLISIS DE LOS CLICKWRAP
A.- INTRODUCCIÓN
B.- LOS SHINRK-WRAP AGREEMENTS
C.- EL CLICKWRAP AGREEMENT
5.- VALIDEZ JURÍDICA DE LOS CLICKWRAP EN NUESTRO ORDENAMIENTO
A.- INTRODUCCIÓN
B.- DECLARACIÓN DEL CONSENTIMIENTO
C.- DEBER DE INFORMACIÓN Y CLÁUSULAS DE EXONERACIÓN
D.- OFERTA Y PERFECCIÓN.....................................................18
E.- TIEMPO Y LUGAR
F..-PRUEBA DEL CONTRATO
6.- CONCLUSIONES
7.- BIBLIOGRAFÍA Y PÁGINAS WEB CONSULTADAS
ANEXO I: SENTENCIA DEL CASO HOTMAIL
2.- INTRODUCCIÓN
El presente trabajo va a centrarse en el caso Hotmail, explicando
la importancia del mismo en el campo de la contratación electrónica.
Así, en primer tema que vamos a tratar va a ser el caso en
sí, desde los antecedentes de hecho, hasta la resolución
final del mismo.
En un segundo punto del trabajo hablaremos de la problemática
de los clickwrap o clicking-contract, es decir, de la validez de
la prestación del consentimiento a través de medios
telemáticos. Aquí analizaremos, sobre todo la situación
en Estados Unidos, pero sin olvidarnos de la Unión Europea.
Veremos como se ha formado esta teoría jurídica, así
como los principales casos en los que se ha aplicado, además
del presente caso que estamos analizando en este trabajo.
El tercer punto a tratar va a ser la situación regulatoria
en España. Analizaremos si esta teoría jurídica
va a aplicarse en nuestro país o, si por el contrario, no
se va a poder aplicar. Analizaremos algunos preceptos jurídicos
en nuestra legislación que nos permitan ver si se puede,
a la hora de formalizar un contrato, prestar el consentimiento a
través de medios telemáticos o, si por el contrario,
esta posibilidad no cabe en nuestro sistema jurídico.
Para terminar aportaremos nuestras conclusiones a este trabajo,
sopesando, tanto los aspectos positivos que hemos podido observar,
como los aspectos negativos que hayamos podido encontrar en la realización
de esta ponencia.
Por último, señalaremos la bibliografía consultada,
así como las páginas web que hemos analizado.
3.- PRESENTACIÓN DEL CASO
A.- ANTECEDENTES DE HECHO:
El motivo de incluir este apartado sobre los antecedentes de hecho,
sirve para hacernos una idea de la situación a la hora de
la emisión de la decisión judicial.
Así, tenemos que decir que Hotmail, cuyo propietario es
Microsoft, es una de las primeras empresas que ofertaron los servicios
de correo electrónico a través de Internet. En la
actualidad cuenta con más de 100 millones de usuarios, repartidos
por todo el mundo. Para conseguir la prestación de este servicio
es necesario rellenar un formulario con los datos personales del
usuario y la aceptación de las condiciones de uso de la cuenta
de correo electrónico que, dicha empresa, va a poner a disposición
de los usuarios.
Además, cuando se envía o recibe un correo electrónico
utilizando el servicio prestado por esta empresa, aparece el nombre
de Hotmail en la cabecera o al pie de página del mismo.
En las condiciones de uso del servicio, que actualmente se recogen
en el website de Hotmail y que son similares a las que venían
recogidas cuando se produjo el caso sobre el que estamos realizando
este trabajo, es decir, a finales de 1996, se señala que
" (...) no realizará ninguna de las siguientes acciones:
(...) Utilizar el Servicio de Comunicación en conexión
con encuestas, concursos, esquemas en pirámide, mensajes
encadenados, correo electrónico no deseado, mensajes molestos
o mensajes duplicados o no solicitados (comerciales o de otro tipo)
(...)" . Además hay que señalar que Hotmail establece
todos los medios para evitar en envío de correo no solicitado
a sus usuarios.
Por tanto, como hemos visto, Hotmail prohíbe específicamente,
en las condiciones de uso del servicio, a sus clientes, el envío
masivo de correo comercial o publicitario no solicitado y, además,
el envío de correos con términos obscenos o mensajes
pornográficos.
Queda demostrado en la Sentencia como hecho probado que la empresa
Van Money$ Pie utilizaba el servicio de correo electrónico
de Hotmail para el envío de mensajes, a millares de usuarios
de Internet, con contenido pornográfico y con contenido comercial.
Además Hotmail se dio cuenta que la empresa demandada había
creado varias cuentas para el envío masivo de correos electrónicos
no solicitados a usuarios de la Red.
Los mensajes enviados eran remitidos, a las cuentas que Van Money$
Pie había creado, por las personas que los habían
recibido quejándose de los mensajes. Esto provocó
que el servidor de correo de Hotmail se bloqueara y que la empresa
de Microsoft tuviera unos perjuicios económicos por el hecho
de reparar estos fallos técnicos, además de que no
podía seguir ofreciendo sus servicios a otros clientes de
la empresa.
B.- DECISIÓN JUDICIAL:
Hotmail alegó en su demanda que la conducta de Van Money$
Pie infringió los derechos de su marca, violó la "Computer
Fraud and Abuse Act", constituyó competencia desleal
e incumplimiento del contrato. El Tribunal estuvo de acuerdo con
estas alegaciones y dictó medidas cautelares para que los
demandados se abstuvieran de seguir realizando las prácticas
de envío abusivo de mensaje comerciales no solicitados, así
como del envío de material pornográfico.
Además el Tribunal encontró que la conducta de los
demandados contravenía los derechos de marca del demandante
ya que éstos utilizaron dicha marca para el redireccionamiento
de mensajes, lo que, en opinión del Tribunal podía
confundir a los usuarios haciéndoles pensar que Hotmail era
quien les estaba enviando esas informaciones ilícitas cuando,
en realidad no era así.
Además el Tribunal también consideró que
la conducta de los demandados podía ir contra la "Computer
Fraud and Abuse Act" y, en concreto su párrafo 18, que
señala que "se prohíbe a las personas que, a
sabiendas, causen daños, intencionadamente, a los ordenadores
cuando transmitan información".
De todas, maneras, la decisión más importante del
Tribunal fue el considerar como un contrato válido entre
las partes las condiciones de uso del servicio de Hotmail, ya que
el demandado había aceptado tales condiciones y, por tanto,
se había obligado a la hora de hacer "Clic" en
el botón de la aceptación de los términos de
las condiciones de uso. Además el Tribunal señaló
que hubo incumplimiento contractual, ya que en las condiciones de
uso de los servicios de Hotmail se prohibía su utilización
para el envío de mensajes comerciales no solicitados, así
como, su utilización para el envío de informaciones
pornográficas.
Por último, el Tribunal señala que las actuaciones
de los demandados han causado un daño irreparable al demandante,
por lo que aquellos le deben indemnizar para reparar esos perjuicios
sufridos por el demandante.
Así pues, vemos que la Sentencia que resuelve este caso,
además de proteger los derechos de marca y de castigar los
daños en equipos informáticos, marca un hito que es
la consideración como válidos de los contratos celebrados
a través de Internet.
Gontzal Gallo.
gontzalgallo@delitosinformaticos.com
Especialista Derecho Nuevas Tecnologías.
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