El uso de cámaras espía. Despejamos dudas sobre su legalidad

Son muchas las empresas, establecimientos públicos, medios de transporte e incluso calles, plazas, etcétera que cuentan con cámaras de vigilancia permanentes que graban todo cuanto sus objetivos son capaces de captar sin embargo, ¿hasta qué punto y bajo qué condiciones es legal su uso? ¿Cuándo estas grabaciones pueden ser aceptadas como prueba ante un tribunal. Este debate surgió hace años, y aún continúa estando plenamente activo y, aunque en legislación nada es absoluto, sí que existen ciertas normas establecidas que no dejan lugar a la menor duda.

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Cuándo es legal la instalación de cámaras de vigilancia

Para responder a esta pregunta lo primero que deberemos hacer será diferenciar entre espacios públicos y centros de trabajo dado que sus condiciones son radicalmente diferentes.

En este sentido, en España sólo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están autorizados a instalar cámaras de vigilancia en calles, plazas y demás espacios de tránsito, es decir, en la vía pública. Esto es así dado el doble objetivo de esta medida: preventivo, en tanto que la presencia de cámaras puede actuar como elemento disuasorio para los delincuentes, y sancionador, pues estas grabaciones pueden facilitar la investigación de hechos delictivos que ya se han producido, por ejemplo, ayudando a la identificación del delincuente.

En el ámbito laboral la instalación y uso de cámaras de vigilancia o cámaras espía se encuentra más restringida y no es la primera vez que los trabajadores aluden a su derecho a la intimidad en contra de esta medida. A pesar de ello, la instalación de cámaras en centros de trabajo está totalmente protegida por la legislación vigente tanto para proteger a trabajadores y/o clientes como para vigilar que los trabajadores cumplen con su cometido.

Pero como decíamos, nada es absoluto en legislación pues, de hecho, para que esta medida goce de cobertura legal debe cumplir determinadas normas:

  • Advertencia. Clientes, usuarios y trabajadores deberán ser notificados previamente de que serán grabados.
  • Intimidad. Bajo ningún concepto se podrán instalar cámaras de vigilancia ni en baños ni en vestuarios, ni previa notificación, pues chocaría de lleno contra los derechos al honor, la dignidad y la imagen de toda persona.

¿Cuándo son válidas estas grabaciones como prueba

Sobre este aspecto no existe legislación específica pero sí gran cantidad de sentencias que, con el tiempo, has sentado jurisprudencia. Tanto en la vía pública como en espacios de trabajo, las grabaciones obtenidas serán aceptadas como prueba, siempre y cuando cumplan los requisitos anteriores.

En el caso del uso de cámaras ocultas, su aceptación como prueba ante los tribunales no resulta tan sencilla, principalmente, por que estas grabaciones carecen de la autorización de su protagonista sin embargo, existen excepciones:

  • Que no atente contra ninguno de los derechos constitucionalmente reconocidos.
  • Cuando resulte evidente la imposibilidad de demostrar un delito por otra vía diferente a la grabación procedente del uso de una cámara oculta.
  • Que el contenido grabado ofrezca una realidad absoluta y un delito evidente.

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10 Responses

  1. marcos dice:

    Hola..yo grabe con una cámara espía a una chica dándome un masaje erótico..ella siempre estuvo vestida en todo momento…y también grabe como una amiga me bañaba a mi..ella también estaba vestida siempre..en un momento se veía como se cambiaba de ropa pero de pantalón y no se la vio nada..hize algún delito?

  2. Editor dice:

    Estimado Marcos,

    para darle una respuesta adecuada necesitaríamos de más información, como en qué lugar se realizó dicha grabación, si las personas grabadas dieron su consentimiento, etc…

    Si desea que estudiemos su caso y le demos una respuesta, no dude en consultar con nuestro equipo legal de Abogados.

    Un saludo.

  3. A.C. dice:

    Se olvidan en relación a grabaciones por medio de cámaras ocultas, las que realicen los Detectives Privados en una investigación legitima.

  4. Josué dice:

    Tengo una pregunta ¿Es legal colocar cámaras adentro de propiedad privada viendo hacia zonas como sala, comedor y cocina? Gracias de antemano

  5. Editor dice:

    Estimado Josué,

    si lo que pregunta es si es posible instalar cámaras dentro de una propiedad privada por su propietario, la respuesta es Sí, por supuesto que se puede hacer.

    Es legal instalar la cámara en la entrada de la casa o chalet, siempre que no se grabe a vecinos o a sus casas. En alguna ocasión se ha dictaminado eliminar las cámaras porque se grababa también las puertas de los vecinos, porque se vulnera la intimidad de estos vecinos.

    Saludos.

  6. Elena dice:

    En mi caso mi madre está en una residencia no se puede comunicar porque ha perdido el habla no se puede mover está imposibilitada de todo sin embargo yo entiendo que ella cree que no la tratan bien mi idea es poner una cámara no sé si lo puedo hacer

  7. Jesus dice:

    Sería legal instalar una cámara espía en el rellano de un bloque de pisos enfocando a la puerta de entrada de uno de ellos

  8. Buenas, entendemos que cuando se refiere a cámara espía, es una cámara que se ha instalado sin consentimiento, en ese caso creemos que si sería ilegal.

    Un saludo.

    Abogados Portaley.com

  9. Pedro dice:

    Hola,
    En tu casa de tu propiedad entiendo que se pueden instalar las cámaras espías sin problemas para ver si alguién roba, verdad?
    La duda surge en instalar una camara espia en tu coche en el garaje comunitario por si te rayan el coche, ¿que requisitos se precisan para instalar cámaras ocultas en tu coche a parte del permiso de la comunidad de propietarios?
    Gracias,

  10. Araceli dice:

    hola vivo en unas casitas adosadas mi vecino a puesto una camara oculta en su baranda del porche enfoncando a mi casa y se a todas las personas que entran y salen de mi casa de hombros hacia arriba. eso es legal?? que puedo hacer

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