Publicar artículos en un blog y los delitos contra el honor y la intimidad

Aún existen personas que no alcanzan a comprender, o no quieren hacerlo, que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y que ésta deja de tener efecto en el momento en el que se daña de alguna manera el honor, la imagen, la intimidad, etcétera de una tercera persona. Comúnmente siempre se ha dicho «la libertad de uno acaba donde comienza la del otro», un expresión muy sencilla que nos sirve para comprender este caso en el que la publicación de dos artículos en el blog de la demandada le ha costado hacer frente a una indemnización de 18.000 euros.

Una ex – concursante del reality show «Campamento de Verano» emitido en Telecinco, publicó en su blog personal, donde además escribe críticas de cine, de teatros y otros contenidos, dos artículos que «pretendían dar una respuesta a sus seguidores y fans, relatando como vivió la experiencia en el programa, sensaciones subjetivas, desde un punto de vista literario o artístico», tal y como recoge el documento de la sentencia.

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Sin embargo parece que dichas «sensaciones subjetivas» se le fueron de la mano pues al menos una de las personas citadas en sus dos textos se sintió agraviada por lo que interpuso una demanda contra la ya condenada al considerarla autora de un delito contra el honor y la intimidadLos delitos contra el honor se encuentran regulados en el Titulo XI del Código Penal, en los artículos 205 y siguientes

Efectivamente, una vez examinadas las pruebas por el Juzgado de Primera Instancia número 35 de Madrid, éste dictó sentencia declarando que la demandada «ha vulnerado el derecho al honor y el derecho a la intimidad personal y familiar de la parte demandante» imponiéndole el pago de una indemnización en concepto de responsabilidad civil por los daños morales causados de 18.000 euros, el pago de las costas, la eliminación de sendos artículos publicados y la publicación de la sentencia en dicho blog y en Twitter o cualquier perfil en redes sociales que claramente aparezca identificado bajo su nombre.

No satisfecha, lógicamente, la demandada recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid alegando las estimaciones que creyó oportunas sin embargo este tribunal ha desestimado el recurso y confirmado en su totalidad la sentencia dictada anteriormente por lo que tendrá que hacer frente a la condena impuesta.

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