La Fiscalía quiere tipificar la suplantación de identidad en Internet

La Fiscalía General del Estado propone tipificar el delito de suplantación de identidad en Internet. Es una de las propuestas de reforma legislativa que el Ministerio Público planea y se recoge en la Memoria que el Fiscal General del Estado presentó la semana pasada en la Apertura del Año Judicial ante el Rey Felipe VI.

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Según apunta el órgano es «un problema que no ha hecho más que aumentar» ya que «se está detectando un incremento cada vez mayor de este tipo de conductas en foros, chats o redes sociales y en general, en los medios de comunicación electrónicos, con el evidente perjuicio que las mismas pueden generar en el normal desarrollo de la vida y actividad personal y profesional de quien es víctima de esa suplantación de identidad online».

Según la memoria estas situaciones no tienen hoy en día una respuesta adecuada por parte de nuestro ordenamiento jurídico. La suplantación de identidad es «conducta penalmente atípica, salvo que sea posible, en atención a las circunstancias concurrentes, reconducirla a otros tipos penales», es decir, trasladar a la red los delitos ya tipificados para el mundo offline.

El problema es que el Código Penal tipifica exclusivamente el delito de usurpación del estado civil, aunque el proyecto de reforma del texto, actualmente en una situación de tramitación en el Congreso, propone una artículo que sancione las conductas de acoso a una persona, aunque la Fiscalía opina que sigue sin solucionarse el problema.

En la Memoria se menciona que se han llegado a dictar sentencias absolutorias por no estimar cometido el delito en supuestos en los que se había acreditado un uso concreto de la identidad ajena para una finalidad específica.

Hay que tener en cuenta que esta situación «puede afectar muy seriamente a la fama, al honor, a la consideración pública o a la intimidad de la víctima y también al nivel de confianza exigible en el ámbito de las relaciones interpersonales particulares o profesionales y, por tanto, a bienes jurídicos necesitados de protección penal». En muchos casos estos actos quedan al margen del artículo 401 relativo a la usurpación del estado civil y por lo tanto no se castigan. Por ello, la Fiscalía propone que se tipifique en el título que se dedica a las falsedades y que forme un capítulo concreto, al igual que ocurre con los delitos de usurpación de estado civil y de funciones públicas e intrusismo. Propone además que sea castigado con una pena de seis meses a dos años de prisión o una multa de seis a 24 meses.

Según los datos que baraja la Fiscalía, en 2013 se produjeron en nuestro país 11.990 procesos judiciales por hechos ilícitos relacionados con el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, doblando los datos de años anteriores.

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