De los delitos de descubrimiento y revelación de secretos

El Código penal español contempla tres modalidades delictivas distintas que integran el delito de descubrimiento y revelación de secretos, regulado en los artículos 197 a 201 del Código penal.  A continuación estudiaremos los supuestos delictivos que suponen un delito de descubrimiento y revelación de secretos:     

1.Apoderamiento de documentos o efectos e intromisión en ámbitos reservados.

El artículo 197.1 establece:

El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

 

apoderamiento de secreatos informáticos

 

Antes de observar las características típicas que dan lugar al delito de descubrimiento de secretos debemos definir el término secreto que se integra en la norma penal. Se entiende por secreto “el conocimiento de ciertos datos relativos a un objeto concreto, por un número limitado de personas y que, por diversas razones, no es conveniente que se amplíe el círculo de quienes poseen tales conocimientos” (Sentencia Tribunal Supremo de 23 de Octubre de 2000). Por tanto, el secreto se refiere a aquellos conocimientos o información que una persona comparte con ciertos individuos o no lo hace y a aquéllos a los que no tienen derecho a acceder determinadas personas.

Las personas que se introduzcan en ámbitos de privacidad de otras personas sin el consentimiento de éstas estarán vulnerando el derecho a la intimidad de la persona afectada de la revelación y descubrimiento de secretos. El derecho a la intimidad se regula en el artículo 18 de la Constitución española, junto al derecho al honor y el derecho a la propia imagen, y se vincula a la esfera privada de la personas, que queda preservada de personas ajenas y que su titular desea mantener al margen de las mismas. Sin embargo, debe advertirse que aquéllos secretos conocidos por terceros interesada o desinteresadamente sin la utilización de medios técnicos no darán lugar a responsabilidad penal; v. gr. escuchar secretos tras las paredes. Por otro lado, existen supuestos que han suscitado alguna discusión entre los miembros del Tribunal Constitucional, pues no puede considerarse que alguien haya vulnerado el derecho a la intimidad cuando graba una conversación telefónica de la que se forma parte (Sentencia Tribunal Constitucional 114/1984); y, en cambio, se considera constitutivo de un delito del artículo 197 CP el supuesto en que una de las partes graba una relación sexual sin el consentimiento de la otra parte interviniente, pues esta actuación afecta directamente la intimidad de éste último.

El delito de descubrimiento de secretos es un atentado contra la intimidad de la persona que puede realizarse de dos maneras distintas: por medio del apoderamiento de documentos o efectos personales, o mediante la intromisión en ámbitos reservados de la víctima. En el primer caso, el supuesto típico consiste en apoderarse de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera documentos o efectos personales de otra persona, siendo suficiente el apoderamiento y no necesario desposeer al afectado de papeles, cartas o mensajes, ni tampoco que se descubre de entre ellos algún secreto. Por otro lado, en el segundo caso, se castiga a aquellos que intercepten las telecomunicaciones o utilicen artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen o de cualquier otra señal de comunicación. La Constitución garantiza el secreto de las telecomunicaciones (artículo 18.3) y, en tal sentido, el artículo 197.1 CP tipifica como intromisión ilegítima interceptar las telecomunicaciones ajenas; v. gr. la intervención de teléfonos, permitiendo superar la barrera de protección de la intimidad.

Asimismo, la conducta interna del sujeto que comete el delito será castigada siempre que tenga intención de apoderarse o entrometerse en asuntos protegidos por la intimidad de la persona y se realicen estos actos sin el consentimiento de su titular.     

delito manipulación de datos

2.Manipulación de datos reservados registrados en ficheros o soportes informáticos.

Establece el artículo 197.2 Código penal:

Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

En el año 1992 se reguló el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal mediante ley orgánica (LO 5/1992), posteriormente derogada por la vigente ley que regula la protección de datos de carácter personal (LO 15/1999), y ello motivo la regulación del presente delito.

El carácter material de este delito son los datos reservados de carácter personal o familiar. Los datos reservados se protegen cuando están almacenados en un sistema informático, electrónico o telemático o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Para que se consideren de ámbito reservado deberán formar parte de la esfera privada del sujeto afectado, cuya disponibilidad a dicha información estará limitada a personas autorizadas por el sujeto en concreto.

El artículo 197.2 del Código penal regula dos supuestos que en virtud del caso en concreto pueden incluso sobreponerse. En primer lugar, se castiga a quien se apodere, utilice o modifique datos reservados de carácter personal o familiar; y el segundo supuesto castiga el llamado espionaje informático; esto es, acceder, modificar o utilizar datos de carácter reservado.

Unos ejemplos prácticos de este delito son los siguientes:

La SAP-Navarra de 10 de marzo de 2009 (ponente Zubiri Oteiza) condena por un delito del artículo 197.2 del Código penal a un sujeto que accedió al correo electrónico de otra persona utilizando el nombre y la contraseña que le había teclear y envió un correo. Por otro lado, la SAP-Baleares de 11 de febrero de 2009 (ponente Izquierdo Téllez) castiga a un médico funcionario que accedió en distintas ocasiones al historial de un colega para averiguar el nombre de su médico de cabecera, aplicando la agravante del artículo 197.6 CP por tratarse de datos que afectan a la salud.     

3. Intromisión informática.

El artículo 197.3 del Código penal establece:

El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, acceda sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.

Del presente precepto debe distinguirse dos modalidades distintas que tienen objeto proteger la intimidad. En primer lugar, la conducta típica consiste en acceder a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo, buscando castigar a la figura del hacker informático que accede a datos personales o programas informáticos sin el consentimiento de su titular. Por otro lado, la segunda conducta persigue castigar a aquellas personas que se mantengan en el sistema informático en contra de la voluntad de quien tenga el derecho legítimo de excluirlo, presuponiendo previamente un acceso autorizado por el afectado.     

4.Revelación de secretos.

Tal y como establece el artículo 197.4 del Código penal:

Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores. Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

El delito de revelación de secretos supone un daño mayor a la intimidad que los anteriores delitos, de modo que se castiga con una pena superior la difusión de los secretos o datos descubiertos ilícitamente. Serán castigados también aquéllos que faciliten la revelación de secretos no habiendo formado parte de su descubrimiento pero sabiendo que la información revelada tiene un origen ilícito.     

5.Revelación de secretos laborales o profesionales.

El Código penal establece en su artículo 199:

1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. 2. El profesional que, con cumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.

Se pretende castigar a aquéllos que en virtud del cargo que ocupan tienen acceso a secretos ajenos de manera lícita y revelan éstos sin el consentimiento de la víctima.

En primer lugar, la conducta ilícita exige que se conozcan los secretos por razón del oficio o relaciones laborales, quedando en manos del titular del secreto el poder decidir la revelación del mismo cuando se haya terminado la relación laboral que unía contractualmente a ambas partes. Y por último, en segundo lugar, el secreto profesional consiste en la obligación que tiene un profesional de sigilo o reserva de información que sus clientes le confían y desean mantener en secreto, castigándose la conducta de revelación por el profesional.

 

Javier Girón

You may also like...

97 Responses

  1. julio dice:

    Pregunta : las empresas de telefonía que venden las deudas a otras empresas de morosos, pueden reclamarte el cobro de alguna deuda.

  2. Editor dice:

    Hola Julio,

    lo siento, pero no entiendo la pregunta, si lo deseas puedes utilizar el servicio de consultas legales de Legadoo.com http://www.legadoo.com para realizar dicha consulta, pero por favor, explica el asunto lo mejor posible.

    Saludos.

  3. elena dice:

    Buenas noches,
    Hoy por mañana dejé mi ordenador a reparar, cual fue mi sorpresa q el técnico entró en mi facebook, le dio clic a me gusta su página d internet e invitó a mis amigos q le dieran me gusta.
    Que puedo hacer, porque no se si me sustrajo información o no.
    En el historial d mi ordenador aparece reflejado q entró y también estuvo mirando las fotos de mi albúm.

  4. Editor dice:

    Estimada Elena,

    Por la información indicada, podríamos encontrarnos ante un tipo de delito.

    Puedes presentar denuncia ante tu comisaría más cercana o bien dejarte asesorar por un abogado para iniciar acciones legales.

    Saludos.

  5. Jorge dice:

    Hola, tengo una duda. Hace tiempo descargué el paquete office en el pc de un amigo. Por error descargué también en su ordenador un back up con mis mails. Y resulta que los leyó. Eso es delito? Gracias

  6. Editor dice:

    Buenos días Jorge,

    Sobre la consulta que nos haces, comentarte que necesitaríamos más información para poder analizarla y dar una respuesta concreta.

    Puede ser que los leyera sin conocer realmente de qué se trataba dicha información, ya que se la encontró en su PC.

    Como te digo, hay que estudiar el caso para dar una respuesta más concreta. Pero si deseas iniciar acciones legales, podemos estudiar el caso para ver su viabilidad.

    Saludos.

  7. Mari dice:

    Buenas noches. Hay una persona que está revelando partes de conversaciones que mantuvimos en facebook. Saca de contexto y cambia esas conversaciones para publicarlas y que me perjudiquen, de hecho ya lo ha conseguido. Ha publicado fotos de mis hijas menores sin mi consentimiento. Pero en ningun momento da mi nombre. Estoy desesperada, no sé que hacer. Es delito lo que está haciendo? deberia denunciarlo?
    Saludos

  8. Editor dice:

    Buenos días Mari,

    para poder darte una respuesta deberíamos estudiar con detenimiento tu caso y tener acceso a dichos comentarios.

    Si lo deseas, puedes ponerte en contacto con Abogados Portaley.com, especialistas en esta materia.

    Saludos.

  9. andres dice:

    Hola..quería averiguar q se puede trámite judicial puedo iniciar con mi vecina de enfrente,ya que la misma tiene cámaras de séguridad que filma las 24hs todo el interior de mi patio y frente de la vivienda…no puedo hacer nada porque me siento observado y mi intimidad violada..agradezco su ayuda y desde ya muchas gracias

  10. Editor dice:

    Hola Andres,

    puedes ponerse en contacto con abogados especializas en esta materia, como es el caso de Abogados Portaley, para que estudien el caso y vean posibilidades de iniciar acciones legales.

    Un saludo.

  11. ana dice:

    Me gustaría saber si alguien que ha desviado el correo electrónico de otra persona a su móvil y lee las conversaciones que se están teniendo entre ambos , sin consentimiento del titular de correo tiene delito, y cuál sería?? Gracias.

  12. sirena dice:

    La ex amiga de mi pareja, ha tenido una conversación privada por fecebock, en la cual dice que soy mala persona y que el esta conmigo sin quererme. Ha llegado a mi esa conversación. Pregunto.. Hay algún tipo de falta en ello? Gracias

  13. Editor dice:

    Buenos días Sirena,

    Sobre su consulta, indicarle que un abogado especializado en la materia, debería estudiar el caso y las conversaciones para poder darle más información.

    Si lo desea puede contactar con Abogados Portaley, Abogados especializados en la materia.

    SAludos.

  14. Editor dice:

    Estimada Ana,

    los hechos podrían tratarse de delito, pero para ello un abogado especializado en la materia debería estudia el caso con toda la información disponible para darle una respuesta.

    Si lo desea, puede contactar con Abogados Portaley, Abogados especializados en dicha materia.

    Un saludo.

  15. Andrés dice:

    Estimados,

    En mi puesto de trabajo, el director de departamento ha utilizado datos de una carta privada que me fue enviada por la dirección. Yo no he autorizado a nadie de mi empresa al acceso de dicho documento privado. ¿A quién puedo denunciar este hecho? Cualquier consejo será bienvenido.
    Muchísimas gracias por todo

  16. Editor dice:

    Estimado Andrés,

    se puede poner en contacto con Abogados Portaley.com donde podremos estudiar el caso y la información para darle una respuesta adecuada a su consulta.

    Un saludo.

    Abogados Portaley.com

  17. juanma dice:

    Hola
    Alguien me podría informar de una cosa que le ha pasado a mi novia en el trabajo.
    Ella trabaja en una oficina y en su ordenador le han puesto un programa para ver donde se mete. El jefe ha mirado ese programa y mi novia de vez en cuando se metía en la cuenta bancaria y el jefe ha mirado todos movimientos. Yo pienso que eso es una delito contra la intimidad. Que puedo hacer? Alguien me puede ayudar?

  18. Editor dice:

    Estimado Juanma,

    desde Abogados Portaley.com podemos asesorarle sobre la consulta que nos realizada. Nos pondremos en contacto con usted porque podríamos estar ante un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos.

    Saludos.

  19. Tony dice:

    Muy buenas, hace unos días me dado cuenta que alguien espiaba mi correo y después de decirle que estaba violando mi espacio privado me dijo que el leía mi correo porque yo deje abierto el mismo … Aunque fuera así es ilegal entrar y mirar mi correo sin avisarme de haberlo dejado abierto?

  20. Editor dice:

    Estimado Tony,

    podría tratarse de un delito contra la intimidad.

    Un saludo.

  21. Jose Miguel dice:

    Una mujer casada ha tenido conversaciones subidas de tono conmigo. Su marido ha entrado en su facebook y quiere enseñar las conversaciones para jodernos a los dos. Entiendo que si lo hace hay delito, pero, ¿hay que esperar a que lo haga para denunciar?

  22. JOSE dice:

    HOLA HACE TRES AÑOS ME ASALTARON MI CORREO ELECTRÓNICO Y ME SACARON TODA MI INFORMACION PERSONAL Y LA REVELARON A TERCEROS AL AUTOR DE ESTE DELITO LE HAN CAIDO 2 AÑOS DE PRISIÓN Y PAGARME LAS COSTAS-SI PUEDO AYUDAR A ALGUIEN PONEROS EN CONTACTO CONMIGO Y UN CONSEJO DENUNCIAR NO HAY NADA QUE PERDER.

  23. Pregunta dice:

    Me gustaría saber dónde se encuadraría el que una persona con mala fe desvele la identidad de una persona que usa pseudónimo en la red. ¿Se pueden tomar algunas medidas legales contra ello?

    Gracias

  24. Editor dice:

    Hola, se tendría que estudiar el tema con toda la información para dar una respuesta adecuada.

    saludos

  25. Jorge dice:

    Hola, una amiga mía, mayor de edad, se encuentra en un centro maternal por motivos económicos. La directora del centro le requisa el móvil cuando quiere y ademas la cotillea en sus conversaciones de wahtsapp. Esto lo se por que yo le pregunte a mi amiga que si se conecto tal día a tal hora y me dijo que no, y por lógica tubo que ser la directora. ¿Esto es delito? ¿que se podría hacer ante este caso? Gracias, espero respuesta.
    Saludos desde Madrid.

  26. Editor dice:

    Estimado Jorge,

    se podría estar ante un delito de descubrimiento y revelación de secretos, pero se tendría que estudiar el caso con toda la información disponible.

    Un saludo.

  27. Antonio dice:

    Hola, mi novia no puede acceder a su correo electronico, le cambiaron la contraseña. Ella repiso la contraseña y a esa noche despues otra vez no podia entrar. La noche de antes le llego un sms con la direccion de correo de su expareja como q se vinculaba a su cuenta el. El numero de telefono de ella puesto en los datos de hotmail aparece cambiado por uno q su terminacion, q es lo q te dejan ver, coincide con la de su ex etc. Aun no sabemos si se ha hecho uso indebido del correo de mi novia porque ha pasado entre anoche y hoy pero estamos asustados ni sabemos quien ha sido pero sospechamos q sea el ex de mi novia porque anteriormente estuvieron en un proceso de denuncias con abogados y ella recibio amenazas por whats app entre otras cosas pero todo parecia haber terminado y ahora pasa esto… Nueatra abogada nos ha dicho que vayamos a la guardia civil y le expliquemos todo esto. Hacemos bien?

  28. Editor dice:

    Buenos días Antonio,

    efectivamente los pasos a seguir son denunciar los hechos. La investigación que realice la Guardia civil o Policía, llegarán a identificar la persona que ha accedido al correo. Tras su identificación, las autoridades iniciarán las acciones legales pertinentes contra esta persona.

    Saludos.

  29. Enrique dice:

    Buenos días,
    Resulta que por medio de un correo electrónico de un conocido del sector en el que trabajo, (llamemosle “A”) me ha enviado la grabación de una conversación telefónica mantenida entre un posible cliente real (llamemosle “B”) y yo, acerca de un trabajo a realizar en la que se comentaban precios, datos y negociaciones sobre mi labor.
    Resulta ahora que “A”, está calumniando sobre mi y mi trabajo, apoyándose en la conversación telefónica que “B” le ha enviado por email, GRABADA SIN MI CONOCIMIENTO NI AUTORIZACIÓN, lo que esto me ha provocado perder varios clientes, además de “A” y “B”.
    Mi pregunta es: ¿ES LEGAL ESTA GRABACIÓN TELEFÓNICA?¿PUEDO DEMANDAR A “B” POR LO QUE HA PROVOCADO ESTA GRABACIÓN?
    Muchas gracias y un saludo.

  30. Ander dice:

    Buenos días, actualmente estoy trabajando en una empresa con la que ando con problemas, y mi superior les cuenta a mis compañeros todo lo que se habla en su oficina, pero no tengo pruebas de ello, aunque les he escuchado cuchichear, que puedo hacer? Saludos y gracias

  31. Editor dice:

    Hola Ander,

    nuestro consejo es que recopile la información y que un abogado la examine para ver qué acciones legales realizar.

    Un saludo.

  32. Editor dice:

    Estimado Enrique,

    nuestro consejo es que contacte con abogados especializados en estos temas, como abogados Portaley.com y le pueden asesorar sobre las acciones legales a tomar.

    Saludos.

  33. andrea dice:

    buenas tardes, actualmente ando con problema serio en que una persona ha manipulado unos mensajes para dar a conocer un secreto totalmete falso bastante grabe y se ha metido tanto en mi familia como en la de la otra persona amenazándome por mensaje y también enviando esas capturas y chats falsos a mi hija menor y también amenaznado con rebelarlo y difundirlo todo.queremos saber si se puede denunciar o hacer algo por que esta invadiendo tanto la intimidad mia como la de la otra familia de la otra persona, también implicando a mis dos hijas menosres de edad las dos. invadiendo la intimidad con ua manipulación de mensajes sacando un secreto falso. muchsimas gracias espero su respuesta

  34. Editor dice:

    Buenos días Andrea,

    por supuesto que se puede denunciar este tipo de hechos. Debe ponerse en contacto con un abogado especializado en penal y con conocimientos de Internet para que pueda estudiar la información e indicarle los pasos a seguir.

    Un saludo.
    Abogados Portaley.com

  35. Robert dice:

    Buenas,

    Si un trabajador de una oficina bancaria me envia un whats sin yo haberle dado mi teléfono, es denunciable?
    ¿ Hay incluso pena de cárcel?

    Saludos

  36. Editor dice:

    Buenas,

    en principio se aplicaría la ley de protección de datos y no es delito penal.

    Saludos.

  37. Deane dice:

    Me gustaría saber e alguem graba a otra persona sen su conocimiento eso es ilegal. Que podreria para com este tipo de persona

  38. Editor dice:

    Estimada,

    se necesitaría más información para dar una respuesta.

    Saludos

  39. Editor dice:

    Estimado Jose Miguel,

    nuestro consejo es que contacto con abogados especializados en esta materia para que puedan estudiar la información y darle una respuesta adecuada.

    Saludos

  40. David dice:

    Me gustaría conocer que pasaría si una persona muy allegada, accede a mi correo, según dice por error al usar mi ordenador. Una vez accede, lee y saca copia de todos los correos, enviandoselos a su vez a una tercera persona. Con esa información q me compromete a mi particularmente, guardada en sus móviles, me han generado un gravísimo problema familiar. ¿Puede ser constitutivo de delito por parte tanto de quien ha accedido como de la persona a la que le pasaron copia, por haberlo utilizado en contra mía ocasionandome in grave perjuicio?.

  41. Editor dice:

    EStimado DAvid,

    por lo que cuentas podríamos estar ante un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Puedes denunciar los hechos.

    Saludos.

  42. Jose dice:

    Hola, el pasado viernes mi profesora me requisó el móvil en clase porque estaba copiándome en un examen, el terminal estaba sin contraseña, y la profesora no me dejó apagarlo para que no se pudiera acceder a los datos del teléfono. Ese mismo día llama a mi casa, diciendo que en la galería de mi teléfono tenía fotos del examen resuelto y más ejercicios de clase, por lo que es evidente que ella accedió al teléfono. ¿Esto es denunciable? Ya que accedió sin mi permiso vulnerando mi intimidad, y no sé si puedo copiar algunos ficheros o fotos de mi teléfono en su pc.

  43. Editor dice:

    Hola Jose,

    nuestro consejo es que se asesoren tus padres a través de un abogado para iniciar aquellas acciones legales que se estimen oportunas.

    Un saludo.

  44. Pedro dice:

    Hola, un amigo con el que tuve una conversación por vía privada en el chat hang out de G+, un día después reveló esa conversación en público en un comentario de la red social G+ a un desconocido sin entrecomillar su contenido, pero sí exponiendo y revelando la naturaleza de esa conversación.
    ¿Se consideraría esta acción una revelación de secretos?

    Gracias de antemano, por la resolución de la duda.

    Un saludo

  45. Editor dice:

    Estimado Pedro,

    Para dar una respuesta adecuada, necesitaríamos conocer tanto la información que se llegó a revelar, así como el ámbito de dicha conversación.

    Si cree conveniente que un abogado estudie su caso y le de una respuesta fundamentada legalmente, no dude en consultar con Abogados Portaley.com

    Un saludo.

  46. juan dice:

    hola, he copiado y pegado en un foro de futbol, un enlace a una cuenta publica de facebook de una chica, y recientemente me ha llegado una citación a declarar. se puede considerar delito? muchas gracias

  47. Editor dice:

    Hola Juan,

    nuestro consejo es que antes de ir a declarar te asesores con un abogado especializado en la materia de las implicaciones legales de estos hechos. Nuestros compañeros de Abogados Portaley podrán ayudarte.

    Saludos.

  48. gines dice:

    Hola. La empresa en la que desarrollo mi labor (que no es la que me contrata) revisa mi uso de Internet. Hasta aquí todo normal: no me parece mal. El caso es que parece ser que a esa información (páginas que visito fundamentalmente) tienen acceso más personas que las que creo que deberían, entre ellos todos mis jefes,. Aún así tampoco me supone eso un problema. No obstante, mi jefe más inmediato parece usar esa información para comentarla con compañeros y otros trabajadores en mi ausencia, lo cual me ocasiona ser objeto de ironías, gracias y chismes continuos . Hice unas pruebas consultando páginas «llamativas» un par de días, y efectivamente, volviendo de comer tuve las típicas gracias relacionadas. Aparte de eso no tengo pruebas directas. Y no es que me importe que se sepa el contenido de las páginas que consulto, que no intento ocultar, es el hecho de la actuación de esa persona lo que me duele. Aunque sólo fuese para darle una lección de ética, ¿puedo denunciarle por revelación de secretos en un caso así?

  49. Editor dice:

    Estimado Ginés,

    con la información aportada y por encima, creemos que no se da el delito de revelación de secretos, aunque a tener de lo expuesto se puede estar haciendo un uso inadecuado de la información relativa al trabajo desarrollado por el trabajador de la empresa (en este caso usted).

    Lo más adecuado sería que el trabajador hablara con el departamento adecuado y con sus responsables, de una manera correcta, para informarle de los hechos.

    Un saludo.

    Abogados Portaley

  50. Alfonso dice:

    Hola, soy usuario de un «juego 3D» en el cual cada usuario se registra con un nick o su nombre real, a voluntad del usuario, el mio es un nick que nada tiene que ver con mi nombre real, otro usuario dejo un comentario con mi nombre real, algo que me parece innecesario y que no deberia saber nadie ya que no he autorizado a nadie a revelar esa informacion, mi pregunta es, que puedo hacer al respecto? como puedo tomar medidas legales con esa persona?
    Gracias por vuestro tiempo.

  51. Editor dice:

    Hola Alfonso,

    lo ideal sería que te pusieras en contacto con los administradores del juego para que retiraran dicha información.

    De no ser así y de querer iniciar acciones legales, podrías poner en contacto con nuestro despacho de abogados Portaley.com para estudiar el caso.

    Un saludo.

  52. Claudia dice:

    os ayudar? Va sobre los artículos. 197va de delitos de revelación de secretos etc..

    Buenas noches. Utilizo skype como herramienta de trabajo pero a pesar de tener contraseña dicen q al actualizar el ordenador han visto la conversación que tuve con una compañera de trabajo. No se si en su pc o em el mio.. No se si tiene ella password o no.. La cuestión es q en la conversación pomiamos en entredicho la funcion de la coordinadora diciendo entre nosotras que no nos daban dia libre porque eramos chicas y que a los chicos si que se les da.. Concretamente dijimos que al no tener nada entre las piernas no nos dan el dia.. .. Dicen q el skype es una herramienta de trabajo y puede q nos despidan x mantener esas conversaciónes

    No es eso ilegal? No es invasion a la intimidad?

    Ademas.. Todo apunta a que ha sido el compañero de la mañana que al iniciar sesión se ha encontrado con la conversación de mi compañera y yo tuvimos en elnturno de tarde y la ha enviado a coordinación con lo cual ha divulgado una conversación ajena y eso creo que si es delito.

    Me podrian asesor como actuar?? Es posible denunciar al compañero que la ha enviado con pantallazo y copia pega?

  53. Eva dice:

    Hola creo que he sido víctima de una grabación tanto visual como de audición y sin mi consentimiento y creo que ha sido desvelada a terceros ,quiero saber si se considera un delito ,gracias

  54. Editor dice:

    Estimada Claudia,

    para dar una respuesta a su consulta, se debería estudiar el caso con toda la información que pudiera aportar sobre la misma.

    Comenta que según la empresa la utilización de skype es una herramienta de trabajo. Se tendría que ver si efectivamente es así.

    Si desea realizar su consulta a Abogados Portaley, no dude en contactar y le indicaremos la información adicional que necesitaremos.

    Un saludo.

  55. Editor dice:

    Estimada Eva,

    sí, se podría estar ante el delito de descubrimiento y revelación de secretos, pero para darle una respuesta más concreta nuestro equipo de abogados necesitaría estudiar su caso y la información que aportara.

    No dude en consultar con nosotros si desea que le asesoremos.

    UN saludo

    Abogados Portaley

  56. Pablo dice:

    Buenas noches: Hace unos días, un compañero de trabajo, de mi mismo nivel junto a otra compañera de trabajo de los dos (y compañera sentimental de él), me informó que «sabía fehacientemente» y en 2 ocasiones (una hace 3-4 meses, y otra recientemente) «comprobó» que yo estaba viendo internet para mi uso personal y que mi rendimiento laboral había disminuido, y que hasta había «comprobado el tanto por ciento del uso de internet» en mi horario laboral. Asimismo me dijo que si él fuera jefe, esto tendría repercusiones, además habló de la privacidad de la conversación que estábamos manteniendo, y que esta privacidad podía no ser así si no le daba explicaciones. Me quedé tan petrificado que no supe qué decir. Únicamente le pregunté si me había estado espiando, y me dijo que no me iba a responder .Si es cierto que ha comprobado el uso de datos, historial, etc, del ordenador al que yo únicamente estoy destinado en el trabajo, si lo ha hecho sin aviso previo, sin consentimiento (ni de mí ni de nadie) y me «exige» explicaciones estando a mi mismo nivel laboral, (en nuestra empresa no hay nada explícito acerca de la prohibición del uso de ordenador para uso personal), si ha hecho estas acciones, y si presenta una queja sobre mi ante la Junta Directiva…¿es punible mi conducta? ¿Y la de el? Gracias!

  57. sandy dice:

    Hola por favor necesitó ayuda estoy muy asustada porque un hombre que conocí en facebook ,y hace tiempo fue mi pareja sentimental en internet ,tiene fotos íntimas mías y quiere mostrarlas en su facebook y usa mis fotos para hacer otra cuenta falsa y me chantajea diciéndome que si yo no me caso con el ,va a subir mis fotos en el internet y las va enviar a mi familia ,yo me siento muy asustada ese hombre me acosa día y noche porque tengo mucho temor de sus amenazas por favor ayudenme me siento muy desesperada y no se que hacer ,ya no soy feliz desde que ese hombre de origen Pakistan me acosa día y noche ayudenme por favor yo soy Mexicana y no se a quien dirijirme por favor ayudenme estoy desesperada.

  58. Editor dice:

    Estimada Sandy,

    Está siendo objeto de extorsión, debe denunciar los hechos.

    En estos artículos se habla de este problema:

    Atención a relaciones sexuales a través de skype, chicas graban y extorsionan

    Detectado fraude a través de Skype: chicas que graban imágenes y extorsionan por webcam

  59. Editor dice:

    Estimado Pablo,

    puede ponerse en contacto con Abogados Portaley.com para que puedan estudiar su caso y darle una respuesta.

    Un saludo.

  60. pepi dice:

    Hola, trabajo en salud publica. Estoy en con tratamiento cancer. Mi jefe entró en mis citas y seguro también en mi historia clinica. Que son los pasos para denunciar? Donde denunciar?
    gracias.

  61. Alejandro dice:

    Buenas noches, me gustaría saber si es un delito enviar información laboral a terceras personas que no tienen relación con el trabajo en cuestión y que dicha información es utilizada en contra mía.
    Muchas gracias.

  62. YO dice:

    Hola,
    Un compañero de trabajo va contando datos relativos a mi salud mental, me gustaría saber como debo actuar si quisiera denunciarlo. Son suficientes testigos o tengo que mostrar pruebas?? ¿de que tipo? cual seria la pena?
    Gracias,

  63. David dice:

    Buenos dias. En un foro de amplia difuison, otro usuario que parece que me conoce personalmente esta difundiendo datos mios como mi nombre, profesion, estado civil y familiar, asociandolo a mi nick del foro y todo esto sin mi consentimiento. QUerria saber si esta incurriendo en algun tipo de ilegalidad o habria alguna manera de consegui que ese usuario fuera identificado. Gracias

  64. mary dice:

    Me he enterado de k una compañera de trabajo sabe datos sobre mi salud mental , pork años atras unas personas cercanas a mi lo hicieron publico. Es delito ir difundiendo o repitiendo eso para dañar mi imagen y que otras personas puedan echarmelo en cara? Se necesitan pruebas fisicas (grabaciones, videos) o es suficiente con obtener testigos? Cual seria la pena???? Gracias

  65. Editor dice:

    Estimada Mary,

    si se podría encontrar ante un delito, para estudiar el asunto, aconsejamos se ponga en contacto con Abogados especializados en esta materia, aconsejamos Abogados Portaley.com

    Un saludo.

  66. Editor dice:

    Estimado David,

    se podría estar ante un delito, pero se tendría que estudiar la información compartida. Nuestro consejo es que se asesore a través de Abogados especializados en esta materia para conocer más al respecto. Aconsejamos Abogados Portaley.com

    Saludos.

  67. Editor dice:

    Estimado,

    se podría estar ante un delito, pero se tendría que estudiar la información compartida. Nuestro consejo es que se asesore a través de Abogados especializados en esta materia para conocer más al respecto. Aconsejamos Abogados Portaley.com

    Saludos.

  68. Editor dice:

    Estimado Alejandro,

    se podría estar ante un delito, pero se tendría que estudiar la información compartida. Nuestro consejo es que se asesore a través de Abogados especializados en esta materia para conocer más al respecto. Aconsejamos Abogados Portaley.com

    Saludos.

  69. Editor dice:

    Estimada Pepi,

    se podría estar ante un delito, pero se tendría que estudiar la información a la que se ha accedido. Nuestro consejo es que se asesore a través de Abogados especializados en esta materia para conocer más al respecto. Aconsejamos Abogados Portaley.com

    Saludos.

  70. Lala dice:

    mi consulta es porque despues de sufrir 3 años de bullying, caí en depresión por el acoso. Ahora hemos llegado al punto de irme de la empresa. Pero me piden que, al firmar mi despido improcedente, entregue la password de mi ordenador, la cuál ya no sé si recuerdo porque hace un mes que no acudo a la oficina. Ya, en uno de los ataques durante el acoso, me exigían que entregara a la persona que directamente me hizo el bullying, mis credenciales, y el mismo director de RRHH me dijo, cuando me negué, que yo estaba en lo correcto, que ni al presidente de la compañía debia dar mis credenciales de acceso. Ahora, es el mismo director de RRHH quién me pide que entregue esas credenciales. No creo que tenga que hacerlo. Yo salí de la oficina sin saber que al dia siguiente mi médico me diera la baja por depresión. Lo único que falta es que ahora, despues de no haber hecho la denuncia por bullying y mobbing, teniendo pruebas grabadas que lo demuestran, quieran sugerir que yo pueda haber hecho algo en contra de la compañía. Qué ley me ampara?

  71. bono estructurado dice:

    Cada vez el secreto bancario se desvela en más países lo que en principio es bueno y justo, pero también los abogados se ven favorecidos por esto, ya que sus clientes con dinero en países extranjeros intentan seguir defraudando en otros países.

  72. Editor dice:

    Estimada Lala,

    nuestro consejo es que acuda a un abogado para que pueda ser asesorada sobre este caso.

    Un saludo

    Abogados Portaley.com

  73. rrosario dice:

    Hola me separe hace 9 meses y en el transcurso de eso conocí otra persona con la cual yo comparti imágenes y conversaciones privadas perdí mi teléfono hace una semana mi ex contacto a está persona y lr pidió información privada foto y conversación y amenaza con quitarme a mis hijas por inmoral .
    Pero era información privada nunca involucraria a mi familia menos a mis hijos .
    El accedió a está información y dice que la utilizará en el tribunal
    estoy muy asustada

  74. Editor dice:

    Buenos días,

    nuestro consejo es que acuda a un abogado para poder ser asesorada sobre los pasos legales a seguir.

    Desde Abogados Portaley.com estaremos encantados de poder ayudarla en caso de que se encuentre en España.

    Un saludo.

  75. Sergio dice:

    Buenas tardes,

    Me gustaría saber si se puede considerar como delito el hecho siguiente:
    Un empleado»X» de una empresa «XX» que administra servicios y facturas de empresas terceras, reenvía información (facturas de las empresas terceras que gestionan) a otra empresa «ZZ»(ésta propiedad del hermano del empleado «X»). Para así darle ventajas competitivas, como por ejemplo facilitarle todas las facturas que genera su competencia.

  76. Editor dice:

    Estimado Sergio,

    efectivamente, nos podríamos encontrar ante un posible delito.

    Un saludo.

  77. Francisca dice:

    Hola, he enviado un audio a mi ex marido enfadada y subido de tono porque desde nuestro divorcio hace tres años, no hemos dejado la relación y me acabo de enterar que estaba con otras mujeres a la vez que conmigo. Tengo todo el derecho a estar enfadada por su traición y abuso de confianza, pero él a reenviado el audio a amigos y familiares. Me siento absolutamente desprotegida, era una cuestión de pareja y ahora es pública. Entra esto en el delito de descubrimiento y revelación de secretos? Puedo denunciarle? Muchas gracias.
    Un saludo

  78. Editor dice:

    Estimada Francisca,

    sobre su consulta, sería necesario conocer más en detalle la grabación y los hechos ocurridos para poder darle una contestación y si supuestamente se ha producido un delito de descubrimiento y revelación de secretos. No dude en ponerse en contacto con Abogados Portaley.com para que podamos asesorarla sobre las acciones legales a llevar a cabo.

    Un saludo.

  79. Maria dice:

    Buenos días, hace unos días alguien (sospecho quien) ha entrado en mi correo electrónico de Gmail desde otro país, lo que aparece reflejado en el mapa de los accesos. Se exactamente la ciudad y, posiblemente, el sitio concreto desde donde accedieron, puesto que la persona sospechosa frecuenta el lugar que aparece en el mapa. El problema que no he conseguido ver la IP, puesto que se guardan las últimas 10 e ya no aparecía reflejada. Si pone que se ha accedido de un ipad. Quisiera saber, si tiene sentido denunciar el hecho, teniendo en cuenta que no dispongo de la IP y que el hecho se ha producido en el extranjero.
    Muchas gracias!

  80. Josep dice:

    Hola.
    Estoy dado de alta en una web y tiene un chat para los usuarios. El otro día, estaba chateando con otro usuario y recibo un aviso del administrador, diciendo que según las normas de la web, no puedo publicitar otras webs. Es legal que puedan leer la conversación privada entre dos usuarios?
    GRACIAS.

  81. Editor dice:

    Estimada María,

    aunque no tengas la dirección IP se puede obtener por orden judicial. Lo que dudamos es que pueda ser de utilidad presentar una denuncia, porque al tratarse de otro país será difícil perseguirlo.

    Saludos.

    Abogados Portaley

  82. Santiago buzon dice:

    Buenas noches, querria saber si esto se puede considerar un delito. Mi mujer tiene una empresa a medias con un correo ( creado por ella , con las consigna de seguridad q ella puso , es decir cuenta asociada y numero de teléfono)q lo utilizan ella y otra persona, hace tres semana nos le llega una notificacion a la cuenta asociada diciendo q la cuenta principal esta dada de baja, consigue recuperarla por dos veces.. habla por mail con la otra persona q tiene acceso a la cuenta y no contesta, hoy nos llega un mensaje comentando q la.cuenta asociada ha sido.cambiada, mediante google averiguamos que la ha cambiado la otra persona q tenia solo acceso a ver correos, mi mujer acto.seguido cambia de nuevo al antigua cuenta asociada y procede a cambiar la.contraseña, y al medio dia nos llega mensajes diciendo que la.cuenta asociada ha sido cambiada de nuevo, que.el telefono de recuperacion de la.cuenta.donde se manda las confrmaciones de gmail ha sido tambn cambiado y creo q me.dejo otra.cuestion mas de seguridad mas tbmn q se llega a.cambiar, dejando a mi mujer sin acceso a la.cuenta.gmail q ella.creo con sus dtos, lo pone en conocimiento de la otra persona q tenia acceso.a.esa.cuenta y le dice q ella a.cambiado todo y no le da la.nueva.contraseña.

  83. Editor dice:

    Estimado Santiago,

    para darle una respuesta fundamentada jurídicamente necesitaríamos más información, pero por lo que cuenta, efectivamente se podría estar ante algún tipo de delito.

    Si desea que le asesoremos al respecto, no dude en consultar con Abogados Portaley

    Un saludo.

  84. Maria G dice:

    Buenas tardes me gustaria saber que problema puede haber o si es un hecho recriminable ante la ley el compartir y comentar una carta de despido entre algunos compañeros de trabajo que continuan en la empresa, puede volverse en mi contra?

  85. Editor dice:

    Buenas tardes,

    en principio no vemos ningún problema legal el comentar una carta de despido.

    Un saludo.
    Abogados Portaley

  86. Adrian dice:

    Hola, quería saber si existe algún método de defensa legal si una persona con la que he mantenido conversaciones por Whatsapp divulga nuestras conversaciones sin mi permiso y si esto constituye un delito. Un saludo

  87. Editor dice:

    Estimado Adrián,

    sí, nos podríamos encontrar ante un delito. Si necesitas asesoramiento legal no dudes en consultar con Abogados Portaley.com

    Saludos.

  88. Carmen dice:

    Hola buenas noches, mi
    Sospecho que mi compañero de mi trabajo ha estado urgando em mi ordenador cuando no estoy. El ordenador es la empresa y uso para hacer los trabajo que se me asigna mi jefe. No se como ha podido entrar, pues estaba con la contraseña. Creo que él está revelando a otros personas los contenidos de las conversaciones Y los documentos que tengo archivados. Esto es normal? El puede hacer esto?

  89. Estimada Carmen,

    sí, por supuesto que se puede perseguir este tipo de hechos, estamos ante un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos. Antes de nada intenta recopilar todas las pruebas y presenta la denuncia ante las fuerzas de seguridad del estado.

    Un saludo.
    Abogados Portaley

  90. Desiree dice:

    Hola
    A mi pareja se le rompió su teléfono.
    Yo le dejé el mío antiguo sin saber lo que había dentro.
    La cuestión es que leyó conversaciones que tenia ahí de hace 4 años.
    Mi pregunta es si eso es delito y que debo hacer?
    Muchas gracias

  91. José Luis dice:

    Hola buenas tardes yo tengo una prima que me grabo cosas del trabajo donde ella no está y ha mandado copias a muchas personas,eso no es un delito?

  1. 18 octubre 2012

    […] De los delitos de descubrimiento y revelación de secretos. […]

  2. 31 octubre 2012
  3. 2 noviembre 2012

    […] Para más información sobre el delito de descubrimiento y revelación de secretos: LEER MÁS… […]

  4. 2 noviembre 2012

    […] Para más información sobre el delito de descubrimiento y revelación de secretos: LEER MÁS… […]

  5. 2 noviembre 2012

    […] más información sobre el delito de descubrimiento y revelación de secretos: LEER MÁS… MeneameDivúlgameDivobloggerBitacorasFacebookTwitter Categories: Delitos contra la intimidad […]

  6. 2 noviembre 2012

    […] más información sobre el delito de descubrimiento y revelación de secretos: LEER MÁS… MeneameDivúlgameDivobloggerBitacorasFacebookTwitter Categories: Delitos contra la intimidad […]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.